Lectora
La ley 288-05 que la que regula los Burós de Créditos y en el art. 32 dice que los Buros podran conservar la información crediticia de las personas durante un período de 84 meses (7 años) contados a partir de la fecha que el aportante de Datos cobre la deuda, es decir, que dicho historial será limpiado a los 7 años después de haber cancelado la deuda con la entidad X.
cucuplay23
se deberia legislar tambien que despues de saldar las deudas, el credito sea saneado, no dejarloen record por años
Numeiry Moreno
Muy importante y alentadora noticia.
Juan Frias
"Una ley es vana, sino tenemos los mecanismos para hacerla cumplir", por qué no realizan esos tipos de transacciones a través de internet? Van a crear un caos en esas oficinas y las personas que no le gustan los "rebú" van a salir juyendo de ahí sin el servicio.
laloka
Que buena desicion, ojala sea verdad y se pueda accesar via internet.