España prohíbe la cámara oculta en investigaciones periodísticas
ESPAÑA.- El Tribunal Constitucional de España dictó hoy una sentencia que declara constitucionalmente prohibido el uso de la cámara oculta en investigaciones periodísticas, aun cuando la información que se obtenga sea de interés público.
La sentencia considera que la utilización de estas cámaras es un "engaño o ardid" al que el periodista recurre simulando una identidad oportuna según el contexto, para provocar y registrar "subrepticiamente" declaraciones que quizá no lograría con su identidad.
El tribunal dice que el carácter oculto de esa técnica equivale a una vulneración del derecho a la propia imagen y a la intimidad personal.
Es la primera vez que el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre la cámara oculta y lo hace para poner fin al debate de la colisión entre el derecho a la intimidad y la libertad de información.
Objeción
De inmediato la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (Fape), dice que la decisión afectará de manera al sector y la considera un "hachazo al periodismo de investigación".
Reconoce que estos métodos se han usado a veces de forma "abusiva", pero critica que el tribunal no diferencie entre los distintos usos que pueden tener. "Si se aplica la sentencia, gran parte de las denuncias de reportajes con cámara oculta para denunciar a cárteles de la droga, sobornos o mafias de trata de mujeres no se hubieran hecho", añade.
La sentencia del Constitucional, sin embargo, habla de un caso en el que la cámara se usó en un ámbito considerado parte de la vida privada.
La sentencia del Constitucional, sin embargo, habla de un caso en el que la cámara se usó en un ámbito considerado parte de la vida privada.