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Solano también hizo negocios con Figueroa Agosto y Mary Peláez

A través de la agencia de cambio, el prófugo Figueroa Agosto y Peláez hicieron el primer pago del apartamento en Cabarete, Puerto Plata

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Solano también hizo negocios con Figueroa Agosto y Mary Peláez
Mary Peláez Frappier
SANTO DOMINGO.- La Agencia de Cambio Hermanos Solano, cuyo propietario Carlos Julio Solano se le impuso recientemente una fianza de cinco millones de pesos y presentación periódica por ante la Fiscalía porque se le implica con Emilio Mesa Beltré (El Gringo), también hizo negociaciones con el fugitivo José Figureoa Agosto y Mary Peláez, específicamente para la compra del apartamento en Cabarete, Puerto Plata.

Según la Fiscalía del Distrito Nacional, “a través de la Agencia de Cambio Solano, Peláez Frappier y Figueroa Agosto realizaron el 10 de julio del 2008 el primer pago para la compra del citado apartamento, el cual ascendió a RD$320,000.00 .

También cita la Fiscalía que en un segundo pago, cuatro días después, de 300,000.00 más, los imputados recurrieron la Agencia de Cambio Electroamérica, que junto a la Solano fue cerrada por las autoridades monetarias y financieras por violación a la Ley Monetaria y Financiera y por presunta violación a la Ley sobre Lavado de Activos.

El Gringo está detenido y se le acusa de ser el mayor suplidor del microtráfico de drogas en Capotillo. Al momento de ser arrestado se le ocupó 4.3 millones de pesos que el acusado dice le tomó prestado a la Agencia de Cambio Solano.

Mary Peláez Frappier se le dictó medidas coerción anoche, de tres meses de prisión en la cárcel de Najayo Mujeres.

La Fiscalía explica que Peláez Frappier,  a mediados del2008 y acompañada de Figueroa Agosto, acordó con los representantes legales del señor Carl Ferreira Benavides, la compra del apartamento 1132, Fase I, del condominio Ocean One, con una superficie de 374.41 metros cuadrados y un sector propio identificado como SP-10-01-002, ubicado en Cabarete, Puerto Plata, por la suma de un US$1,200,000.00, los cuales fueron pagados por Figueroa Agosto en varias partidas, a través de la acusada. 

Otro argumento de la Fiscalía 

“Que para la compra del inmueble citado anteriormente (el apartamento), el narcotraficante prófugo José D. Figueroa Agosto y la imputada Mary Elvira Peláez Frappier adquirieron, el 23 de mayo de 2008, una compañía de carpeta llamada ENADIZ, S.A., con registro mercantil número 23036SD, cuya actividad principal consiste en la compra y venta, importación y exportación de mercancías y representación de marcas extranjeras, con un capital suscrito y pagado de VEINTICINCO MIL PESOS (RD$25,000.00), con el objetivo de ocultar el verdadero propietario del inmueble. Como adquiriente de la totalidad de las acciones de la citada compañía figura también la señora Adolfina Rebeca Peláez Frappier, hermana de la imputada. 

Y “que luego de una revisión exhaustiva de la casa número 16 de la calle Transversal de Arroyo Hondo, la Dirección Nacional de Control de Drogas y la Fiscalía del Distrito Nacional descubrieron que la habitación principal de la vivienda cuenta con un pasillo secreto y oculto por una puerta con apariencia de pared, la cual a su vez está tapada con una zapatera y dos tramos horizontales. Dicho pasadizo secreto va desde el closet de la habitación principal hasta el basurero del patio de la casa, sin que sea visible desde el exterior del patio y cuenta con un depósito clandestino donde el Ministerio Público presume que se escondían drogas. A través de ese pasadizo secreto es posible salir, desde el closet de la habitación principal de la casa, al patio y una marquesina trasera, desembocando finalmente en la calle Los Conquistadores del referido sector, por lo que sin lugar a dudas el pasadizo fue construido para ser utilizado como mecanismo de escape del narcotraficante prófugo José D. Figueroa Agosto”.  

 Esta casa, Mary Peláez se la habría comprado a Eddy Brito, ex esposo de Sobeida Feliz e implicado también con Figueroa Agosto. Esta propiedad fue incautada por las autoridades y Peláez interpuso un recurso de amparo con el cual fue favorecida, por lo que le fue devuelta.