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Aduanas advierte sobre cobro por declaración tardía de mercancías

Amenaza con sometimiento a la justicia a quienes hayan falseado

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Aduanas advierte sobre cobro por declaración tardía de mercancías
Dirección de Aduanas.

SD. La Dirección General de Aduanas (DGA) advirtió a los importadores y agentes aduanales sobre el cobro del recargo por declaración tardía de mercancías, estipulado en el artículo 52 de la Ley 3489 sobre el Régimen de Aduanas, y "sobre las consecuencias penales que acarrea la manipulación, ardid, simulación o informaciones falsas al momento de iniciar el proceso de desaduanización".

La DGA recordó que el declarante debe depositar, entre otros documentos, la factura comercial y el documento de transporte original. La institución gubernamental explica que si los usuarios del comercio exterior no se ajustan a la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales, el sistema informático rechazará las declaraciones.

Advierte de que "en caso de que la DGA determine que por manipulación fraudulenta, ardid o simulación, se ha dado o intentado dar carácter de auténticos a los documentos o informaciones falsas, los implicados serán pasibles de las sanciones establecidas en la legislación aduanera y penal ordinaria".