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Corte reduce penas a implicados caso Agosto

El Procurador General dice que se trata de una señal negativa

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Corte reduce penas a implicados caso Agosto
Los procesados por el caso de lavado relacionado con F. Agosto.

Santo Domingo. La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional redujo las penas impuestas a cinco de los siete sentenciados tras ser hallados culpables de lavado de activos correspondientes a las ganancias ilícitas del capo boricua José David Figueroa Agosto.

Modificó las penas impuestas a Eddy Antonio Brito Martínez, al que le rebajó de 12 a 5 años; a Sammy Dauhajre Dauhajre, Juan José Fernández Ibarra e Ivanovic Smester, de 15 vieron disminuidas sus penas a 5 años de reclusión cada uno.

Mientras que a Mary Elvira Peláez Frappier le fue bajada la condena de 15 a 7 años de reclusión.

La decisión fue adoptada por los jueces Manuel Hernández Victoria y Daniel Julio Nolasco. El juez Antonio Sánchez Mejía emitió un voto disidente en el que consideró que procede confirmar las penas impuestas por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia.

La Corte ratificó la sanción de cinco años de prisión, con suspensión total de la ejecución de la pena, impuesta a Madeline Bernard Peña, viuda del asesinato ex coronel de la Policía, José Amado González y González.

Declaró con lugar de manera parcial los recursos de apelación incoados por los abogados de los imputados, José Rafael Ariza Morillo, Luis Aybar, Ingrid Hidalgo, Manuela Ramírez, Marino Elsevyf Pineda y Luis Fiorentino Perpiñán. Considera que, tomando en cuenta la cualidad de los infractores primarios, la finalidad de la sanción punitiva que ha de surtir la rehabilitación y la reinserción social de los condenados, la condición de los recintos carcelarios y la inaplicabilidad del artículo 56 del Código Penal en la casuística en cuestión, por ser inherente a la reincidencia delictiva, así como otros parámetros igualmente dignos de ponderación.

La Corte ha entendido pertinente encuadrar el monto de la pena, partiendo de la escala mínima prevista en el artículo 18 de la legislación. Plantea que ha podido establecer que el tribunal de primer grado, al momento de emitir su decisión, manejó un quantum probatorio suficiente, el cual valoró apegado a la sana crítica, lo que se observa en las motivaciones de la decisión, determinando las acciones en las que participó Dauhajre, para endilgarle el tipo penal atribuido.

Estima que en la sentencia impugnada, las juzgadoras expusieron las circunstancias relevantes que les permitieron establecer que los co-imputados conocían el carácter ilegal de sus actuaciones, así como el origen ilícito de los fondos provenientes de Figueroa Agosto, los cuales con sus acciones intentaron transparentar valores económicos.

Juez de la scj reacciona

El juez de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, manifestó que cuando ocupó la función de Fiscal del Distrito jugó su rol apegado a sus principios y convicción. Precisa que respeta la decisión de la Corte y que no debe opinar sobre la misma, partiendo de que puede llegar a la SCJ, a la cual eventualmente tocará conocer sobre el caso.