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Aquino advierte JCE está sujeta a leyes de sistema financiero

De convocar licitación, nueva cédula podría ser declarada ilegal e inconstitucional

SD. El miembro titular de la Junta Central Electoral (JCE), José Ángel Aquino, advirtió que esa institución, aunque sea descentralizada, está sujeta a las regulaciones previstas en las leyes No.6-06 de Crédito Público, No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes y la No. 423-06 Orgánica de Presupuesto del Sector Público,

En un voto razonado enviado al Pleno sobre la decisión de aprobar una Licitación Internacional para contratar los servicios, equipos y materiales para la impresión de la nueva cédula de identidad con la modalidad de financiamiento, Aquino afirmó que ese organismo incurrió en graves violaciones a esas leyes esenciales del sistema financiero del país.

"De convocarse esa Licitación bajo la modalidad aprobada por el Pleno, la JCE sería susceptible de que sea declarado ilegal e inconstitucional por los órganos judiciales competentes", argumentó.

Precisó que según un estudio hecho en el 2007, el costo de cada cédula de identidad y electoral saldría por RD$1,300.00 y que si se tomara en cuenta que su costo es igual a la cuota de recuperación establecida para el triplicado, con un monto de RD$500, tendrían que erogar RD$3,500 millones para dotar a unos 7 millones de dominicanos.

Ese monto sin tomar en cuenta "los cuantiosos gastos" que podría generar la implementación del proyecto en otros aspectos.

Por eso insistió en que un proyecto como ése debe contar con el apoyo del gobierno de turno y de los partidos políticos, porque además de los recursos que se requieren para su implementación, necesitará de una alta movilización social para evitar usar dos plásticos.

Recordó que el contrato con el Consorcio Somo fue rescindido porque esa empresa no pudo obtener el financiamiento de US$18.8 millones para ejecutar el proyecto.

Garantías

Destacó que la Ley de Crédito Público establece en el artículo 3, que para realizar una operación de crédito se debe solicitar a través de la dirección General de Crédito Público la aprobación previa del Ministro de Finanzas, quien determinará la procedencia de los fondos.

Según el artículo 21, ninguna institución podrá formalizar operaciones de crédito público, sin que esté contemplado en el Presupuesto. Previo a su contratación deberá contar con una certificación de la existencia de los fondos y de adoptar previsiones para garantizar su pago en años posteriores.