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TC se reserva fallo en impugnación a la Barrick Gold

El alcalde de Cotuí busca que el contrato sea declarado inconstitucional

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TC se reserva fallo en impugnación a la Barrick Gold
El Tribunal Constitucional.

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) se reservó el fallo de una acción directa en inconstitucionalidad en contra del contrato de la Resolución No.329, relativa a la enmienda aprobatoria del acuerdo especial de arrendamiento de los derechos de la mina de oro, plata, cobre, cinc y otros metales, de Pueblo Viejo, suscrito entre el Estado, el Banco Central, Rosario Dominicana y Pueblo Viejo Dominicana Corporation (PVDC) Barrick Gold.

La alta corte tomó la decisión tras escuchar la conclusión de las partes.

Asimismo, otorgó un plazo de cinco días para que depositen escritos justificativo de conclusiones, a partir de cuya fecha el expediente quedará en estado de fallo.

En una acción directa elevada por ante el Tribunal Constitucional, por medio de sus abogados Federico Marmolejos y Edward Rodríguez, el alcalde de Cotuí, Rafael Molina Lluberes, solicita pronunciar la nulidad absoluta de la resolución, por ser contraria a la Carta Magna.

Plantea que una muestra de lo perjudicial del contrato-enmienda es lo referente al privilegio que tiene la Barrick Gold de auto fiscalización sin intervención directa de la otra parte contractual, que es el Estado.

Asimismo, que está exonerada de pagar impuestos, contribuciones, derechos fiscales y arbitrios municipales, sin ninguna limitación.

En cambio, dice que el Estado recibirá a cambio, en término de seis años, unos beneficios que estarán supeditados a una contabilidad amañada, en razón de que no existe supervisión gubernamental.