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TC le anula otra sentencia a la Suprema Corte

La alta corte devolvió el caso a la SCJ para que lo vea de nuevo

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TC le anula otra sentencia a la Suprema Corte
Los jueces del Tribunal Constitucional.

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) le anuló una segunda sentencia a la Suprema Corte de Justicia, a la cual instó a que conozca los fundamentos de un recurso de casación de que estaba apoderada, y lo admita, por no haber transcurrido el plazo legal para la interposición del mismo.

En su sentencia TC/0034/13, establece que la notificación de la sentencia No. 53-2012, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la SCJ, el 8 de febrero del 2012, no fue hecha válidamente a una de las partes del proceso.

La alta corte admitió un recurso de revisión incoado por la compañía BAT República Dominicana.

Asimismo, advierte que la sentencia es objeto de revisión violenta al debido proceso de ley y el derecho a defenderse que tiene la compañía, al declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto el 25 de agosto de 2011, "toda vez que no se aportó prueba de que se hizo la correspondiente notificación a dicha razón social, parte afectada por la sentencia objeto del recurso".

Es de criterio que se ha producido un perjuicio, "pues la recurrente no pudo interponer el recurso de casación dentro del plazo establecido, cuestión que resultó determinante para que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia inadmitiera el recurso y resultara comprometido el ejercicio del derecho fundamental de defensa".

Considera que no haber notificado a la empresa, en calidad de parte en su propio domicilio, independientemente del de sus abogados, teniendo la dirección exacta de la misma, según consta en la notificación realizada por la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, del 12 de enero de 2010, afecta el derecho a la defensa y el debido proceso establecido por el artículo 69, numerales 1, 2 y 7 de la Constitución de la República.

El TC le observa a la SCJ que el derecho de defensa no debe limitarse a la oportunidad de ser representado, oído y de acceder a la justicia.

"Este derecho procura también la efectividad de los medios para dar a conocer el resultado de un proceso y que nada quede a merced de la voluntad o dejadez del abogado que asiste al ciudadano, sino que la parte afectada conozca por una vía de acceso directo a ella la solución dada a un conflicto de su especial interés".

Plantea que en la especie, la recurrente toma conocimiento pleno de que sus derechos son desconocidos o vulnerados cuando la Tercera Sala de la SCJ emite la sentencia, la cual declaró inadmisible el recurso de casación contra la decisión No. 007- 2010, dictada por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Administrativo, por haberse interpuesto fuera del plazo de los 30 días, "pues la notificación fue hecha a los abogados constituidos por la recurrente".

"Esta alega que se ha vulnerado el derecho a la defensa por el hecho de no haberle notificado dicha sentencia a ella, como parte, sino a sus abogados constituidos".

El TC dice que a prima facie parecería que el recurso fue interpuesto fuera del plazo de ley, porque fue el 25 de agosto de 2011, cuando se incoó el recurso de casación.

El primer caso

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia dio su primera respuesta al Tribunal Constitucional, con respecto a la nulidad de una sentencia por falta de motivación, decisión que fue ratificada con una serie de consideraciones contrarias al criterio externado por la alta corte.

Según la sentencia, dada a conocer el viernes, la suficiencia de motivación de una sentencia dependerá de la complejidad de cada caso concreto y del alcance de la controversia.