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Jueza suspende exenciones a cuatro empresas fronterizas

La decisión es hasta que se conozca un recurso administrativo

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Jueza suspende exenciones a cuatro empresas fronterizas
Las empresas cuentan con exenciones fiscales.

SANTO DOMINGO. La presidenta del Tribunal Superior Administrativo, Delfina Amparo de León, ordenó la suspensión los permisos otorgados por el Consejo de Coordinación de Zona Franca Especial de Desarrollo Fronterizo, a través de los cuales concede exenciones fiscales y otros beneficios a cuatro empresas radicadas en la frontera.

La magistrada acogió una solicitud de medida cautelar interpuesta por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), en contra de la Industria Licorera La Altagracia, Maiberil Internacional, Varperdy y Saerad Invesment, las cuales son productoras de ron, colchones, sacos de prolipropileno y pacas.

La solicitud de medida cautelar de los industriales fue incoada por los abogados apoderados Radhamés Jiménez Peña, Olivo Rodríguez Huertas, Ramón Emilio Núñez y Boris de León Reyes.

La AIRD considera que esas exenciones son ilegales. Plantea que su misión estatutaria es defender y promover el desarrollo de la industria nacional, y constituye una persona jurídica afectada por "la ilegal aprobación de las solicitudes de las empresas".

Explica que las exenciones fiscales de la Ley 28-01 y el decreto 539-05, "sin haber dado cabal cumplimiento a los requisitos y procedimientos que exigen tales normativas, provocará una distorsión en el mercado local, que perjudicará significativamente la sensibilidad y crecimiento del sector industrial dominicano".

Indica que esta situación pone en riesgo toda inversión realizada y las que se puedan hacer en la industria nacional y, en consecuencia, a miles de empleos en todo el país.

Detalla que la solicitud de medida cautelar fue interpuesta para preservar el legítimo derecho de la AIRD de proteger la legalidad de los procesos establecidos para la concesión de los beneficios de la Ley 28-01.

También para evitar que, de manera ilegítima, se otorguen exenciones fiscales capaces de generar distorsiones y desigualdades frente a obligaciones tributarias que afecten a todos los agentes económicos del mercado local, "lo que reduciría la producción y provocaría pérdidas de empleos en perjuicio de las empresas que sí cumplen los deberes fiscales a su cargo".

Los actos administrativos impugnados consisten en el otorgamiento de una exención de un 100% al pago de impuestos internos, de aranceles aduaneros sobre materias primas, equipos y maquinarias, así como cualquier tipo de impuesto, durante un período de 20 años.

Además, un 50% en el pago de la libertad de tránsito y uso de puertos y aeropuertos.

Igualmente, una reducción de un 50% de cualquier otro impuesto, tasa o contribución vigente a la fecha o que se establezca en el futuro, mientras estén vigentes los 20 años de las exenciones contempladas en la ley.

La AIRD señaló estar muy complacida por el hecho de que el Tribunal Superior Administrativo acogió la solicitud de medida cautelar.

Ligia Bonetti, presidenta de la entidad, explicó que la decisión deja sin efecto la autorización que se le otorgó irregularmente a esas empresas. Entre las irregularidades cita la no publicación que exige la Ley, además de que tiene el deber de tomar esta decisión por el Pleno, aspecto que no se cumplió.

La reacción de los industriales

AIRD cita que el 26 de julio del 2012, el Consejo de Coordinación de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo aprobó las solicitudes de clasificación de las cuatro empresas bajo la Ley 28-01, sin que cumpliesen los requisitos establecidos de publicidad previstos en el Decreto 539-05. El 10 de agosto del 2012 el presidente del Consejo suspende temporalmente, mediante oficio, los beneficios otorgados a dichas empresas, pero el 26 de septiembre, mediante resolución, ratifica la aprobación de clasificación, sin tomar en cuenta la violación del Decreto 539-05.