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Diputados aprueban ley regula el salario de empleados públicos

Limita el uso de tarjetas de crédito con cargo al Estado, al Presidente y Vicepresidente

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Diputados aprueban ley regula el salario de empleados públicos
Los diputados rechazaron las observaciones del Poder Ejecutivo.

SANTO DOMINGO. La Ley de Regulación Salarial del Estado dominicano es ya una realidad, luego de que la Cámara de Diputados rechazó las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo al proyecto el pasado año.

Fueron rechazadas las observaciones con 119 votos a favor y cuatro en contra, luego de la ponderación hecha por el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, quien destacó que sobre todas las cosas, el país debe ser dotado de una Ley marco que permita corregir las distorsiones salariales que existen en la administración pública.

Las observaciones fueron hechas por el ex presidente Leonel Fernández el 15 de agosto del pasado año, y cuestionaba la inclusión en la Ley de entes públicos no previstos inicialmente, señalando que contraviene a la Constitución el artículo tres que somete al Poder Judicial, al Legislativo, a los Entes y Órganos Constitucionales con régimen propio y a los organismos autónomos y descentralizados de naturaleza financiera, al marco regulador común de la política salarial establecida en dicha ley.

Detalles

La ley limita el uso de tarjetas de crédito con cargo al Estado al Presidente y Vicepresidente de la República, los presidentes de las Cámaras legislativas, presidente de la Suprema Corte de Justicia y los titulares de entes y órganos de origen constitucional.

Establecerá como salario tope para el presidente de la República RD$450 mil; para el del Senado, la Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional RD$400 mil; Tribunal Superior Electoral, RD$375 mil; de la Cámara de Cuentas RD$350 mil; los ministros, el Procurador General de la República, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo y el Contralor General RD$300 mil y el Defensor del Pueblo RD$250 mil.

Los funcionarios que incumplan con las incompatibilidades, y prohibiciones establecidas en la Ley, así como aquellos que den un mal uso a los gastos de representación asignados, serán sancionados con la pena de la inhabilitación para el desempeño de funciones públicas hasta por un período de cinco años.

Los reglamentos de la Ley serán elaborados por el Ministerio de Administración Pública, dentro de los seis meses a partir de la entrada en vigencia de la Ley.