Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Seguridad social
Seguridad social

Uruguay logra con AFP estatal lo que RD necesita para afiliados

Las AFPs en el país, incluyendo la estatal, tienen ganancias de 30% de la rentabilidad

Expandir imagen
Uruguay logra con AFP estatal lo que RD necesita para afiliados
La Sipen busca acuerdo para que AFPs bajen sus comisiones.

Santo Domingo. Mientras en Chile se discute en la actualidad, la posibilidad de que haya una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) estatal para lograr lo que ha logrado Uruguay con una entidad de esa naturaleza, República Dominicana tiene una, y no obtiene el beneficio que debería en favor de los afiliados, porque se desplaza al ritmo de sus competidoras privadas.

De acuerdo con una entrevista realizada por el periódico Lasegunda.com al presidente de la AFP estatal de Uruguay, Luis Costa, la presión que ha generado la entidad gubernamental sobre las demás administradoras privadas ha permitido que las mismas bajen sus comisiones.

Costa expresó que la AFP estatal en Uruguay tiene el 38% de los afiliados, y que maneja el 57% del fondo de pensiones, lo que según explicó, se debe a que la misma tiene los mejores afiliados, con mayor continuidad en los aportes y mayor cotización.

La AFP estatal de Uruguay se ha preocupado por brindar un servicio más amplio del que permite el mero afán de lucro que tienen las demás entidades privadas, lo que a su vez la hace más competitiva.

Sin embargo, en República Dominicana no se ha podido realizar una real competencia. Esto se confirma con las declaraciones del superintendente de Pensiones, Joaquín Gerónimo, quien afirmó que la AFP Pública (AFP-Reservas) sólo ha reducido el cobro de la comisión complementaria al Fondo de Solidaridad Social que administra con carácter de exclusividad.

En tanto que el experto en seguridad social, Arismendi Díaz Santana, en informaciones ofrecidas a este diario, dijo que en la legislación se estableció un límite superior del 30% bajo la premisa de que la competencia entre las diversas AFPs iría bajando este porcentaje para hacerlo más atractivo a los afiliados del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS), pero que las AFPs se han puesto de acuerdo para no competir, y quedarse con el porcentaje límite.

"Hasta la AFP pública, creada por Ley para inducir a un equilibrio, ha seguido esta práctica", expresó Díaz, tras señalar que ya la AFP Reservas aceptó bajar la comisión a iniciativa de la Sipen.

Beneficios afp

El artículo 86 de la 87-01 establece que las AFPs sólo podrán cobrar o recibir ingresos de sus afiliados y de los empleadores por los siguientes conceptos: Una comisión mensual por administración del fondo personal, la cual será independiente de los resultados de las inversiones, y no podrá ser mayor del cero punto cinco por ciento (0.5%) del salario mensual cotizable; b) Una comisión anual complementaria, aplicada al fondo administrativo de hasta un treinta por ciento (30%) de la rentabilidad obtenida.

TEMAS -