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La Suprema Corte de Justicia traslada de Higüey al Distrito Nacional caso de narcotráfico

El tribunal acogió un pedido del juez, quien explicó la situación ocurrida con el caso

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La Suprema Corte de Justicia traslada de Higüey al Distrito Nacional caso de narcotráfico
Jueces de la SCJ, que ordenó el traslado del expediente.

SANT DOMINGO. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) ordenó trasladar desde Higüey para que se conozca en el Distrito Nacional, un expediente que involucra a 43 personas, entre ellas 28 oficiales de distintas instituciones castrenses, en una presunta red internacional de tráfico de drogas a la que le fueron decomisados 691 kilos de cocaína en el aeropuerto internacional de Punta Cana.

El tribunal acogió una demanda en declinatoria por causa de seguridad pública, incoada por el juez de la Instrucción de La Altagracia, Yohan Carlos Morales Peguero, para conocer de la audiencia preliminar.

Ordenó el envío del proceso por ante el juez coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Román Berroa Hiciano, para que mediante un sorteo aleatorio apodere a uno de los tribunales del expediente.

El magistrado Morales Peguero solicitó a la SCJ que sea declinado en el tiempo que considerara prudente o necesario, para que sea conocido en el Distrito Nacional, "en el que existen condiciones con más seguridad para un caso con número de imputados muy elevados".

"No existe sala de audiencias en Higüey donde se pueda llevar a cabo una audiencia con 43 imputados".

Entiende que la seguridad "se vio considerablemente amenazada", por los incidentes ocurridos durante la audiencia para el conocimiento de la medida de coerción, llevada a cabo en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Altagracia.

Argumenta que corresponde conocer la solicitud de audiencia preliminar al Juzgado de la Instrucción de esa jurisdicción, que no cuenta con el número de agentes de asistencia policial necesario para llevar a cabo la misma.

El Pleno de la SCJ considera que examinada la solicitud de declinatoria y las razones hechas valer por el juez en apoyo de la misma, "resulta necesario y conveniente que haciendo uso de sus facultades decline el proceso ante otro tribunal, "a fin de garantizar una buena y sana administración de justicia".

La acusación formulada por el Ministerio Público involucra al coronel José Brazobán Adames, los capitanes Bolívar Alberto Mercado Díaz, Anthony Antonio Santana Núñez, José Manuel Celedonio Castro, Huáscar Francisco Zapata Ramírez y Rafael Aníbal de la Rosa Tapia, y los tenientes Joan Antonio Daniel Rosario, Arencio Guevara Guevara, Andrés Avelino Méndez García, Miguel Damián Florimón, Kissoris Ciprián y Carlos H. Martínez.

Además, el capitán Bartolo Marte Mañón, el primer teniente Sixto Alberto Familia Viola, el sargento José Altagracia Concepción, el cabo Luis Daniel Pérez Martínez y el primer teniente Dioclesiano de Jesús Cruceta Ortiz.

La acusación incluye también a Fernando Rubí, Edinson Peña Albino, Adrison Antonio Reyes Suero, Carlos Rafael Herrand Martínez, Bienvenido Pérez Mesa, Adris Ozuna Novas, Juan Carlos Santana Polanco, Rolando Caonex Rojas, Michel Camilo Bacha Mateo, Irwin Alexander Arias Santana, Manauris Encarnación Sánchez, Cristian Miguel Sánchez Soriano y/o Cristian Miguel Sánchez Sosa, Orlando Francisco Franco Noble, Ramírez Alfredo de Jesús Santana, Miguel Daniel Fiallo Rosario, Danny Daniel Balbuena Bejarán, Bryan Fernando Valerio Santos, Jorge Ramón Jorge Pérez, Carlos Manuel Meregildo Rodríguez, José Altagracia Concepción Vásquez, Isidro Reyes Jiménez y Vladimir Brito Pérez, Juan Elizardo Zabala Inirio, Jesús Alberto Poche Liz, Antonio Arturo Acevedo y Carlos Espinal (El Flaco).

Asimismo, los franceses Pascal Jean Fauret, Bruno Armand Víctor Ados, Alain Marc Paul Marie Castañy y Nicolás Cristopher Pisapia.

Por el voluminoso expediente guardan prisión preventiva 28 oficiales de distintas instituciones y los cuatro franceses.

Asimismo, tienen garantía económica de RD$500,000, impedimento de salida y presentación periódica en contra del capitán Bartolo Marte Mañón, el primer teniente Familia Viola, el sargento José Altagracia Concepción, el cabo Luis Daniel Pérez Martínez y el primer teniente Dioclesiano de Jesús Cruceta.

Mientras que fue enviado a prisión domiciliaria el capitán Rafael Aníbal de la Rosa Tapia, quien alegadamente atentó en contra de su vida, ingiriendo una sobredosis de medicamentos destinados para controlar la diabetes y un cáncer del que padece. El Ministerio Público manifestó que la totalidad de oficiales actuantes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), del Cuerpo Especializado de Seguridad Aeroportuaria y de Aviación Civil (Cesac) y de Migración destacados en el Aeropuerto Internacional de Punta Cana recibieron en tres operaciones, en las que contaban con agentes encubiertos, partidas que iban desde RD$70 mil, US$87,000 hasta RD$600 mil, para permitir la salida de grandes cargamentos de cocaína a Europa.

Los agentes encubiertos detallaron que el 20 de octubre del 2012, la primera operación de seguimiento se refiere a 145 kilogramos de cocaína pura introducidos en un avión que efectuó el vuelo JAF303/304, de la aerolínea Jefairfly, el cual partió a las 3:50 p.m. del 17 de ese mes, con destino primario a Curazao y final a Bruselas, Bélgica.

Indica que supuestamente franquearon la droga los capitanes policiales, Bolívar Alberto Mercado Díaz, Rafael Aníbal de la Rosa Tapia y Huáscar Francisco Zapata Ramírez, quienes recibieron US$26,000 cada uno. Al primer teniente del Ejército, Joan Antonio Daniel Rosario supuestamente le dieron RD$600,000, entre otros.

La justificación del traslado

El Pleno de la SCJ consideró que la declinatoria por causa de seguridad pública es un asunto que responde al interés de una buena y sana administración de justicia, en atención a los valores superiores del ordenamiento constitucional. Asimismo, que es facultad del Ministerio Público, o una de las partes ligadas a un proceso penal solicitarla en los casos en los cuales la seguridad pública se encuentre amenazada. Entiende que es facultad de la SCJ apreciar las causas para acoger o rechazar las demandas de esta naturaleza. Indica que si bien es cierto que la normativa procesal penal eliminó de su cuerpo la figura de la declinatoria por causa de seguridad pública o de sospecha legítima, la misma responde al interés de una buena y sana administración de justicia.

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