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La Cancillería aclara que no autorizó la celebración de boda gay en el país

Observó que en cada dotación diplomática rigen las leyes del país de origen

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La Cancillería aclara que no autorizó la celebración de boda gay en el país

SANTO DOMINGO. El Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex) aclaró que no autorizó la celebración de una boda entre dos personas del mismo sexo que se ofició recientemente en el consulado del Reino Unido en el país, ya que sería una violación a la Constitución de la República.

Sostuvo que lo sucedido en esa legación diplomática se inscribe en las leyes de esa nación, como lo establece la Convención de Viena, que rige los derechos sobre tratados contraídos entre Estados y órganos internacionales.

El vocero de la Cancillería, Miguel Medina, precisó que el matrimonio que se llevó a cabo en el referido consulado entre un ciudadano británico y otro de origen dominicano, se ha basado en las disposiciones legales del Reino Unido que así lo permiten, ya que según la Convención de Viena, “toda embajada es territorio de la nación que representa”.

Indicó que hace aproximadamente un año, la embajada británica remitió una nota verbal No.92-2013 al entonces canciller Carlos Morales Troncoso, en la que solicitaba información respecto si en el país existía algún obstáculo legal para la celebración de una boda entre dos personas del mismo sexo en esa dotación diplomática extranjera.

Señaló que la Cancillería, atendiendo a una consulta a su Dirección Jurídica, respondió a la embajada británica con otra carta verbal de fecha 22 de octubre del 2013, en la que decía que “de acuerdo a la Convención de Viena, en cada dotación diplomática opera la legislación del país que representa y, que por lo tanto, no hay ningún obstáculo legal”.

Aclaró, sin embargo, que puso al conocimiento de que ese ni ningún otro matrimonio en una sede consular extranjera tiene efectos legales en el país, ya que “nuestra legislación no reconoce ese tipo de nupcias”. En consecuencia, la nota verbal emitida entonces por la Cancillería no representa autorización alguna al consulado británico para la celebración de bodas entre dos personas del mismo sexo. Recordó a la embajada británica que la Constitución Dominicana establece en su artículo 55, reconoce como matrimonio la unión entre un hombre y una mujer.

Explicación

Refirió que el mismo artículo 55, en el numeral 3, señala específicamente: “El Estado promoverá y protegerá la organización de la familia sobre la base de la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer”.

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