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El Tribunal Constitucional ratifica los requisitos para la naturalización

Declaró constitucional disposición de la Ley

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El Tribunal Constitucional ratifica los requisitos para la naturalización
El Pleno del Tribunal Constitucional.

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) declaró constitucional la disposición de la Ley de Naturalización que establece los requisitos para que los extranjeros puedan adquirir la nacionalidad dominicana mediante el procedimiento de naturalización.

Por sentencia TC/0029/15, ratificó la legalidad del literal “d” del artículo 1 de la Ley núm. 1683, sobre Naturalización del 16 de abril de 1948, “por no existir violación alguna al derecho fundamental a la familia”.

La alta corte considera que a la accionante Carmen Josefina Macías Mejía, de nacionalidad dominicana, como a su esposo, Carlos Manuel García Mazorra, cubano, les es reconocido su derecho a la familia, el cual, conforme al artículo 55 de la Constitución, se hace efectivo por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o vincularse mediante una relación de hecho.

Dice que los requisitos exigidos por el literal “d” del artículo 1 de la Ley 1683, en nada perjudican a la accionante, respecto al goce y ejercicio de sus derechos de familia.

Considera que en el Estado dominicano, los extranjeros y las extranjeras tienen derecho a obtener la nacionalidad por naturalización, conforme lo dispone el artículo 19 de la Constitución. Subraya que estos tienen el derecho de naturalizarse de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la ley, de donde se infiere que se trata de una materia bajo reserva de la norma. Plantea que el literal “d” del artículo 1 de la ley, al establecer condiciones para obtener la nacionalidad por naturalización, entre estos, el cumplimiento de un plazo de residencia en el país, en el caso de estar casado o casada con un dominicano o dominicana, cumple con el mandato constitucional que encomendó el constituyente al legislador ordinario en relación con la facultad de establecer los requisitos.

El TC considera que a al cubano Carlos Manuel García Mazorra nada le impide optar legalmente por la naturalización en cualquier momento, y una vez cumplido el plazo exigido por la ley, “de suerte que, habiendo residido durante un período de seis meses, de manera ininterrumpida en territorio dominicano, quedaría legitimado para la obtención de la nacionalidad dominicana, previo cumplimiento de los demás requisitos legalmente exigibles”.

La accionante

La accionante expuso por ante el Tribunal Constitucional que el artículo de ley impugnado perturba la unión familiar, toda vez que se le exige a los extranjeros residencia formal en el país para poder optar por la nacionalidad dominicana, evidencia una confusión entre la transgresión al derecho a la nacionalidad por naturalización y a la transgresión a los derechos de la familia. Indica que el Ministerio de Interior y Policía, con fundamento en la disposición ahora objetada le ha exigido cumplir con los requisitos establecidos por la ley.