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Derecho a ser madre

Ser madre es un derecho que debe ser respetado y protegido por nuestras leyes laborales. Si bien son innegables los logros alcanzados, aún nos falta un largo recorrido.

Hace unas semanas, y muy a pesar suyo, Natalie Díaz regresó de su licencia de maternidad. Complicaciones durante el último trimestre la obligaron a marcharse quince días antes de la fecha próxima de parto. "Esto significó dos semanas menos para estar con mi bebé. Hasta me cruzó la idea de dejar de trabajar, aunque sea por un año".

"Es que el tiempo pasa volando", se lamentó Patricia Reinoso, madre de mellizos y aún de licencia. "Acabo de confirmar que son 84 días que te dan. Pensaba que eran tres meses pero son menos. En otros países la licencia es más larga si tienes gemelos".

El aumento del período de licencia pre y post natal, así como otros derechos de la maternidad, ha sido una discusión que se ha estado desarrollando desde hace un tiempo. Al respecto Rafael -Pepe- Abreu, presidente del Consejo Nacional de la Unidad Sindical [CNUS], explicó que en el diálogo tripartito sobre la reforma al código laboral, miembros del gremio han presentado varias propuestas. Entre ellas, unificar los recesos para lactar planteados en el código a una hora diaria, ampliar el descanso maternal a seis meses en total e igualar, también a seis meses, la protección por despido y desahucio.

"Aún no hemos llegado a un acuerdo que satisfaga a ambas partes, por lo que este (la ampliación de los derechos) es uno de los puntos inconclusos".

En cambio, los empresarios sostienen que la carga financiera resultado de la aprobación de estas medidas, debe ser en su mayoría asumida por el Estado, al tiempo que llaman la atención sobre los peligros del "proteccionismo exagerado".

"Hay que buscar un balance para evitar que se cree una situación de discriminación. Un sobreproteccionismo puede hacer que los empleadores no se sientan incentivados a contratar mano de obra femenina, especialmente en edad fértil", advirtió el presidente de la Confederación Patronal de la República Dominicana [Copardom], Joel Santos.

Una de las preocupaciones de Patricia es quién cuidará a sus hijos una vez ella tenga que regresar al trabajo. ¿Su dilema? Una guardería o contratar a una niñera. "En la guardería el personal está más capacitado, pero con tantos niños podrían enfermarse de algo. Con la niñera estarían en casa, pero corro el riesgo de que no los cuiden bien".

Natalie se decidió por la niñera y, adicional, su madre y su suegra la visitan de vez en cuando. "Además, en mi oficina tengo un monitor desde donde puedo ver lo que están haciendo (la niñera y su hija). Me da más tranquilidad".

Quién cuidará al niñ@ concluida la licencia post materna, es el tema principal en el que, según el presidente de Copardom, debe hacerse énfasis. Esto debido a que la mayor parte de las mujeres desertan de su trabajo porque no tienen dónde ni con quién dejar a sus hijos.

"Nuestro principal esfuerzo debe estar orientado a desarrollar las estancias infantiles, un tema cubierto por la seguridad social", resaltó Santos.


Lento pero seguro

Al margen de las actuales discusiones, nuestra legislación presenta importantes avances en temas relacionados con la maternidad y la protección de los derechos laborales. Uno de estos, explica el abogado especializado en derecho laboral de la firma Chami Iza, Miguel Ángel Durán, prohíbe el desahucio o la cancelación de la empleada durante la gestación y hasta tres meses después del parto y, por igual, imposibilita despedir a una mujer por estar embarazada, e inclusive si seis meses después del embarazo el empleador decide despedirla, debe primero someter la medida al Ministerio de Trabajo.

El mismo artículo prohíbe además que durante el embarazo la trabajadora realice labores que requieran un esfuerzo físico incompatible con su estado. Más aún, si como consecuencia del embarazo o del parto el trabajo que antes realizaba ya le es imposible, el empleador tiene la obligación de asignarle otra tarea o trasladarla de área.

¿Tareas pendientes? "Varias. La primera es supeditar la contratación a si se está en estado o no. Lamentablemente es algo que aquí se practica y eso es una forma de discriminación", respondió el abogado. "La segunda, las licencias de paternidad. No es posible hablar de integración e igualdad de género si a los papás solo se les permite dos días de licencia".

Una pausa entre una paciente y otra permite a Natalie extraerse leche, tarea que religiosamente cumple dos veces al día. Si bien no dispone de un lugar exclusivo para ello [poquísimas empresas ofrecen esta facilidad], sí cuenta con un espacio de tiempo determinado, y eso ya es un avance. n

Convenio 183

En junio del año pasado, la Cámara de Diputados ratificó en única lectura el Convenio 183 sobre la Protección de la Maternidad, adoptado en Ginebra por la Organización Internacional del Trabajo. La convención prevé una licencia de maternidad de catorce semanas, seis de las cuales deberán ser obligatoriamente post parto.