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Declaran inconstitucional artículos Código Tributario

Los recursos de inconstitucionalidad fueron interpuestos ante el tribunal supremo, por compañías y personas afectadas por la ley

Santo Domingo. La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró ayer inconstitucional tres artículos de la Ley 11-92, que instituye el Código Tributario de la República Dominicana.

Mediante sentencia los jueces del máximo tribunal determinaron que no son conforme con la Constitución, los artículos 63, 80 y 143 de la referida legislación.

Los recursos de inconstitucionalidad fueron interpuestos por varias entidades y personas, entre ellos la compañía Dominicana de Hipermercados y la señora Margarita Antonio de Biaggi.

"Por tales motivos declara no conforme con la Constitución de la República los artículos 63, 80 y 143 del Código Tributario de la República Dominicana", refiere la sentencia dada a conocer ayer por el pleno de la SCJ.

El artículo 63 establece que "con la notificación de la resolución de la Secretaría de Estado de Finanzas, cuando hubiere interpuesto recurso contra la decisión de la Administración Tributaria, el contribuyente quedará intimado a efectuar el pago de los impuestos y recargos a que hubiere lugar, conforme a lo que dispone el artículo 43, no teniendo derecho a interponer otros recursos en ninguna otra instancia ni tribunal, sin la previa y debida prueba de haber efectuado el pago".

Mientras el artículo 80 prohíbe, entre otros aspectos, que las decisiones relativas a la aplicación de impuestos, tasas, contribuciones, derechos, multas o recargos, sean recurridas ante el Tribunal Contencioso Tributario, sin la debida pruebas de que los mismos han sido pagados ante las oficinas recaudadoras correspondientes.

En tanto, el artículo 143 también se refiere a que las instancias mediante las cuales se pretenda hacer posible el recurso serán declaradas irrecibibles, si no se aporta al tribunal la prueba de haber pagado los impuestos, tasas, derechos, recargos, entre otros.