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Razones por las que el juez impuso un astreinte de RD$50 mil a profesores en huelga

Juez de Barahona considera que conflicto de la ADP no debe involucrar a estudiantes

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Razones por las que el juez impuso un astreinte de RD$50 mil a profesores en huelga
El salario de los profesores preuniversitarios del sector público experimentó aumentos hasta de un 72% en los últimos cuatro año, según EDUCA. (DIARIO LIBRE/ ARCHIVO)

SANTO DOMINGO. El juez que el pasado martes impuso el pago de un astreinte de RD$50,000 a la seccional de Barahona de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) por cada día que incumplan con levantar un paro de docencia, basó su decisión en que el conflicto que los ha llevado a la huelga es entre el gremio y el Ministerio de Educación, y los estudiantes no deben ser un medio para solucionarlo.

Máximo Matos, presidente de la Primera Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Barahona, consideró también que la suspensión de las clases desorienta al estudiantado respecto a la disciplina y altera la planificación familiar y el estado emocional de los padres.

Los maestros alegan que el Ministerio de Educación ha incumplido con un acuerdo suscrito en 2013, exigen aumento salarial y se quejan de la falta de condiciones de los planteles y de la calidad de los alimentos que se distribuyen.

Sostienen que la huelga se ejecuta desde el 10 de enero de forma escalonada: a veces han impartido tres días de docencia o han suspendido las clases los jueves o los viernes.

El tribunal acogió una acción de amparo en contra de la ADP presentada por varios menores de edad, representantes de la comunidad estudiantil y la Asociación de Padres Madres, Tutores y Amigos de la Escuela (Apmaes) del Instituto Tecnológico Dr. Federico H. y Carvajal y la escuela Cristo Rey, ambas de Barahona.

Los accionantes alegaron que la ADP paralizó la docencia en el Distrito Educativo 01-03 de Barahona desde octubre de 2016 en los centros educativos, tanto regular como de jornada extendida, perdiéndose 300 horas de docencia, “lo cual se traduce en una violación constitucional al derecho a la educación”.

El juez entendió que en el conflicto se afecta a terceros, específicamente, a 33,358 estudiantes de los niveles Inicial, Primaria, Secundaria y Primaria Adultos.

“Se trata un conflicto entre derecho a huelga y derecho a la educación. Es importante indicar que el derecho fundamental es el derecho al trabajo y los maestros ya accedieron a él, lo tienen protegido y garantizado, es decir, no está en riesgo el acceso al trabajo, su salario se torna cada vez más atractivo, se evidencia en el flujo progresivo de profesionales de otras áreas, participando en los programas de habilitación docentes, en procura de un trabajo seguro, bien remunerado en comparación con otros sectores laborales”, argumentó el magistrado.

Los amparistas alegaron que aspiran a que los profesores puedan realizar sus acciones reivindicativas en horarios diferentes a los de clases y, en el extremo de los casos, que pudieran tomarse dos de las últimas horas del viernes de cada semana laboral, para hacer sus labores reivindicativas en el sentido que ellos lo deseen.

El magistrado Matos citó que el derecho a huelga es un derecho legal, provisto en el Código de Trabajo, de cuya combinación de los artículos 402 al 44 “se extrae que la huelga debe limitarse al solo hecho de la suspensión del trabajo”. “No se permiten las huelgas ni los paros en los servicios esenciales cuya interrupción fuese susceptible de poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas en toda parte de la población”, dijo.

Citó como ejemplos de estos servicios los de comunicaciones, de abastecimiento de agua, suministro de gas o electricidad para el alumbrado y usos domésticos, los farmacéuticos, de hospitales y cualesquiera otros de naturaleza análoga. “Mas que por simple analogía, como derecho fundamental de alta prioridad, entra el derecho a la educación que es la base fundamental del desarrollo integral de las personas y que forma la base del derecho al trabajo”, afirmó.

“Se trata de un conflicto entre la ADP y el MINERD (Ministerio de Educación), que surge de la naturaleza misma de la relación laboral, en la que el salario demanda ser revisado constante producto de la inflación y por tanto los estudiantes no deben servir de medio para la solución del conflicto, como regularmente se observa. Por tanto el tribunal, en beneficio de proteger el derecho a la educación, con prioridad sobe el derecho a la huelga que libran los maestros en mérito al principio de interés superior de niños y niñas, se dispone a acoger el amparo”, indicó el juez en su sentencia.

Los maestros no acatan la decisión

A pesar de la decisión y alegatos del juez, los maestros de Barahona no han levantado la huelga. Por el contrario, el presidente municipal en Barahona de la ADP, Miguel Feliz, dijo a Diario Libre que ayer se estaba en los aprestos de presentar un recurso judicial en contra de la decisión.

“Hasta que no vengan a resolver ellos aquí, aquí va a haber paralización, estamos dando clase y lucha aquí en Barahona”, sentenció por la vía telefónica mientras se escuchaban voces de personas que, explicó, eran maestros que recibían las orientaciones a seguir luego de hacer una “cadena humana” alrededor del Palacio de Justicia de Barahona.

Respecto al alegato del juez de que el conflicto es entre la ADP y el Ministerio de Educación, sin necesidad de involucrar a los estudiantes, Feliz dijo: “Sin embargo hizo otra cosa, porque él pudo haber dicho que hubiese una concertación entre los demandantes y los demandados, y que ese es un problema que deben resolver las autoridades de Educación y no él”.

Informó que hoy habrá una asamblea con los profesores de la provincia y la semana que viene solo darán docencia hasta las 12 del mediodía. A pesar de la decisión y alegatos del juez, los maestros de Barahona no han levantado la huelga. Por el contrario, el presidente municipal en Barahona de la ADP, Miguel Feliz, dijo a Diario Libre que ayer se estaba en los aprestos de presentar un recurso judicial en contra de la decisión.

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