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Empresa de China adquiere derecho para explotar minas de República Dominicana

La Corporación Minera Dominicana cede todas sus concesiones

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Empresa de China adquiere derecho para explotar minas de República Dominicana
La Mina Cerro de Maimón.

SANTO DOMINGO. Mediante actos de compra y venta de acciones, una empresa estatal de la República Popular China es ahora dueña mayoritaria de las concesiones a la Corporación Minera Dominicana (Cormidom), contraviniendo así la ley de Minería, que prohíbe ese tipo de permisos a otro estado.

Cormidom adquirió los derechos de explotación del proyecto Cerro Maimón, oro y plata; la exploración de Loma Cumpié y Loma Mala, así como de Managuá, ambos de níquel. Además solicitó los permisos de explotación de otros nueve proyectos mineros, los cuales están en revisión en la Dirección General de Minería

Conforme publicó Cormidom en un informe institucional, el 100% de sus acciones pasaron en el 2011 a ser propiedad de la empresa australiana Perilya Limited. En dicho informe, titulado "Reporte de Sostenibilidad 2012", la empresa señala que el 53% de las acciones de Perilya pertenecen a la empresa china Shenzhen Zhongjin Lingnan Nonfemet Company Limited.

La compra de Nonfemet de las acciones de Perilya ocurrió dos años antes de que esta última adquiriera a Cormidom, según se desprende de un comunicado que hizo en febrero del 2009 la empresa australiana, dando a conocer la operación por un valor de US$45.5 millones.

No obstante el tiempo de estas operaciones, en los libros de Minería no hay registro de la participación de estas empresas como concesionarias de un bien estatal.

Los registros existentes se refieren a la participación accionaria de la empresa Sarmín, antigua dueña de Cormidom, junto a la empresa Globestar.

Consultado al respecto, el director de Minería, Alexander Medina Herasme, dijo desconocer el alcance de las negociaciones, pero advirtió que de inmediato se iniciará una investigación para determinar las implicaciones legales que tienen las mismas, en función de lo que dispone el artículo 9 de la Ley General de Minería.

Dicho artículo establece: "Las concesiones mineras no podrán otorgarse a gobiernos extranjeros, ni directamente, ni por intermedio de personas físicas o jurídicas. En casos debidamente justificados, y previa aprobación del Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo podrá celebrar acuerdos especiales con empresas mineras extranjeras parcial o totalmente estatales".

Medina Herasme dice desconocer, además, si los organismos tributarios dominicanos tuvieron conocimiento de la transacción entre Globestar y Perilya, para determinar si correspondía o no el pago de algún impuesto, ya que esa operación se dio antes de su designación en el cargo.

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