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El Tribunal Constitucional rechaza suspender demolición Torre de Plata

La Junta Vecinal rechazó la demanda en suspensión por improcedente

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El Tribunal Constitucional rechaza suspender demolición Torre de Plata
La medida en torno a Torre de Plata fue adoptada por el TC. (ARCHIVO)

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) rechazó suspender la sentencia que ordena la demolición total de la Torre de Plata, ubicada en el sector Los Cacicazgos, cuya ejecución actual alcanza los nueve niveles.

Por sentencia TC/0551/15, la alta corte afirma que ha podido comprobar que los demandantes se limitan a aducir que la ejecución de la Resolución núm. 1995-2014, les causaría un perjuicio irreparable.

Asimismo, plantea que los accionantes no han aportado las pruebas necesarias que permitan identificar argumentos de derecho ni los documentos que avalen las supuestas reparaciones, y que justifiquen, en consecuencia, la suspensión provisional de la ejecutoriedad de la decisión impugnada.

Los demandantes solicitan la suspensión de la ejecutoriedad de la Resolución núm. 1995-2014, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el 8 de mayo de 2014, que confirmó las distintas condenaciones emitidas en perjuicio de Adeccu Business y José Francisco Bonet Gambins por violación a las referidas leyes números 675 y 6232.

Manifiestan, asimismo, que la demolición de la Torre Plata configura en su perjuicio un daño inminente y actual que les provocaría una pérdida ascendente a RD$40 millones, lo cual justifica la suspensión solicitada. La demanda en suspensión contra la Resolución núm. 1995-2014, fue sometida ante la SCJ mediante instancia del 24 de julio de 2014 y recibida por el TC el 22 de enero de 2015.

Alegaron que si se ejecuta la decisión impugnada y, en consecuencia, se demoliera la Torre Plata, a parte del serio daño que esto les causaría, los demandantes, Bonet Gambins y Adeccu podrán construir de nuevo la obra.

La Junta Vecinal Los Cacicazgos solicitó que se rechace por improcedente y mal fundada la demanda en suspensión sometida por Adeccu Business y Bonet Gambins.

Argumenta que todos sus miembros sí resultaron afectados por el proceso de construcción de la Torre de Plata, que sin contar con un permiso de construcción, careció de supervisión en la construcción de nueve niveles que resultan peligrosos por su posible derrumbe en cualquier momento. En febrero del 2014, la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la sentencia que ordena la demolición total de la obra.

Asimismo, ratificó la condena de un año de prisión en contra de José Francisco Bonet Gambins, representante de Adecus Business, la empresa que desarrolla la obra.

El tribunal rebajó de RD$20 millones a RD$5 millones la condena indemnizatoria en contra de Bonet Gambins y Adecus Bussiness, en beneficio de la Junta de Vecinos de los Cacicazgos, como justa reparación por los daños ocasionados. También confirmó el descargo a Ramón Méndez Ciccone, contratado por Adecus Business para levantar el edificio, que actualmente está en nueve pisos de construcción.

La decisión declara culpable a los imputados de violar los artículos 13 y 42 de la Ley sobre Urbanización y Ornado Público, sancionados por las disposiciones de la Ley 6232.

Dispone que la condena en contra de Bonet Gambins, de un año de prisión, sea suspensiva para que cumpla una serie de reglas, entre ellas residir en el mismo domicilio y que, en caso de que cambie de lugar, se lo comunique al Ministerio Público y a la Junta de Vecinos.

También ordena la colocación de impedimento de salida del país por el tiempo de cumplimiento especial de la pena.

En caso de incumplir con las reglas, deberá cumplir la condena en la cárcel de La Victoria.

Declara La Torre de Plata, levantada en la calle Cibao Oeste, de Los Cacicazgos, construcción ilegal.

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