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Medio Ambiente ordena separar la basura en el hogar, comercio e industria

Resolución señala que clasificación se hará orgánica e inorgánica

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Medio Ambiente ordena separar la basura en el hogar, comercio e industria

SANTO DOMINGO. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitió el pasado 14 de enero la resolución 1-2015 que establece el procedimiento para la recuperación de los multimateriales reciclables con valor comercial.

El documento indica que la basura debe ser separada en la fuente de generación, lo que significa viviendas sencillas, edificios, condominios, todo tipo de lugares comerciales, industrias, instituciones públicas y la ciudadanía en general.

En ese sentido, la basura deberá ser dividida en dos fracciones, la inorgánica, compuesta por papel, cartón, plásticos, vidrios y metales en una bolsa plástica seca; y la de desperdicios orgánicos, comida, residuos de poda, madera, etcétera en una segunda funda.

La ordenanza señala, además, la recogida selectiva. En la que se establece que la recogida de los residuos sólidos municipales se realizará separadamente, es decir, no se mezclarán los multimateriales con los residuos restantes, a fin de evitar la pérdida de valor comercial de los primeros, facilitar su reciclaje, y evitar su depósito en los sitios de disposición final. Esta recogida puede ser realizada por la autoridad municipal, empresas contratadas por el ayuntamiento, segregadores informales e intermediarios.

En cuanto al transporte, el procedimiento aprobado establece que una vez recolectada de forma diferenciada, los residuos son transportados hacia un punto intermedio, denominado punto limpio o punto intermedio, para tratamiento de los desechos o directamente hacia la empresa recicladora.

La resolución permite a los ayuntamientos emitir ordenanzas relativas a la separación en la fuente de los residuos generados a fin de facilitar su recuperación y posterior reciclaje dentro del marco de las atribuciones y obligaciones de la ley municipal.

El documento firmado por el ministro Bautista Rojas Gómez no indica a partir de qué fecha queda activa la resolución, plazos que se otorgarán para su puesta en marcha o vías de persecución a su incumplimiento.