Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Ley de Partidos
Ley de Partidos

Proyectos de leyes de partidos presentados por los mayoritarios afectan a los minoritarios

Soto Lara afirma que los partidos grandes han puesto reglas de juego

Expandir imagen
Proyectos de leyes de partidos presentados por los mayoritarios afectan a los minoritarios
Los partidos minoritarios esperan respuestas del monseñor Agripino Núñez Collado. (FOTO CEDIDA A DIARIO LIBRE )

SANTO DOMINGO. En proyectos de leyes de partidos políticos aprobados por el Congreso Nacional los partidos mayoritarios buscaban obtener el 80% del financiamiento público lo que, según la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), limitaría el crecimiento de los emergentes.

Al hacer un análisis comparativo de un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados, con el consenso de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Moderno (PRM), Revolucionario Dominicano (PRD) y Reformista Social Cristiano (PRSC), que era objeto de estudio en el Senado y otro sometido por la Junta Central Electoral (JCE), la entidad de la sociedad civil entiende que hubo un cambio radical en la distribución de esos recursos económicos.

La evaluación, presentada por Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la FINJUS, se refiere a cómo afectaría a los partidos minoritarios si se mantienen varios artículos del referido proyecto de ley, el mismo que sometió el PLD en la mesa del diálogo que coordina monseñor Agripino Núñez Collado.

“Cuatro grandes” obtendrían el 80% de fondos públicos

El artículo 51, sobre la distribución de los recursos económicos del Estado, que logró el consenso de los partidos mayoritarios, consignaba que un 80% de esos fondos sea distribuido, en partes iguales, a los partidos y agrupaciones políticas que hayan obtenido el 5 % o más de los votos en la última elección. Un 15 % entre los partidos que obtengan menos del 5% de los votos, distribuido proporcionalmente en función de la votación alcanzada por cada partido en la última elección y un 5% distribuido en partes iguales entre los partidos que obtengan menos del 5% de los votos, incluyendo a los de nuevo reconocimiento, en el caso de que los hubiere.

El proyecto de ley sometido al Congreso Nacional por la Junta Central Electoral (JCE) establece en el artículo que un 80% de esos fondos sean distribuidos en función de los votos obtenidos en la última elección y un 20% en partes iguales entre todos los partidos, incluyendo los de nuevo reconocimiento en el caso de que los hubiere.

El acápite F, del artículo 11, establece como requisito de reconocimiento que los partidos o agrupaciones políticas presenten una declaración jurada por los organizadores que certifique que cuentan con un número de afiliados no menor de un 2% de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones generales.

En el caso de las agrupaciones locales se establece que no menos de un 2% del total de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones correspondientes a esa demarcación.

El proyecto de ley aprobado en la Cámara de Diputados establece en el acápite G, del artículo 11, que en el caso de los partidos políticos de carácter nacional, estos deberán tener locales abiertos y funcionando, en por lo menos los municipios cabeceras de provincias del país y del Distrito Nacional, y los mismos deberán estar ubicados en las zonas urbanas. En tanto que las agrupaciones políticas deberán tener su local en el municipio al cual pertenecen.

La FINJUS considera que ese requisito de mantener los locales abiertos y funcionando en por lo menos los municipios cabecera de provincias del país y del Distrito Nacional puede ser una carga muy pesada para una entidad en formación, por lo que sugiere que se establezca un período de transición que le permita a los partidos cumplir este requisito. Propone, un plazo de dos años a partidos en formación y un año a los ya constituidos que no cumplen con ese requisito.

No se regularían cómputos de votos entre aliados

En el mismo proyecto de ley fueron eliminados los párrafos III y IV del artículo 45, de la iniciativa presentada por la JCE.

El referido párrafo III establecía que es una obligación de todo partido o agrupación política que decide concurrir aliada con otras fuerzas políticas establecer en el pacto los candidatos que son aportados por la referida alianza, a los fines de determinar con exactitud el nivel de representación que tiene cada organización dentro de la alianza concertada.

En tanto, el párrafo IV consignaba que “los partidos o agrupaciones políticas que concurran aliados estarán representados individualmente en las boletas electorales mediante la presentación de sus respectivos recuadros. En tal sentido, serán computados los votos según la cantidad que obtenga cada uno de manera individual, aun dentro de la alianza, comprobándose con los marcados en los recuadros respectivos, y aun cuando se trate de candidatos comunes”.

Con la eliminación de ese último párrafo la FINJUS alerta que no se regularía la computación de los votos entre partidos aliados, a fines de calcular el presupuesto que corresponde a cada uno posteriormente.

Expandir imagen
Infografía

Obligados a desaparecer o ser “bisagras”

El vicepresidente del Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), Manuel Soto Lara, afirmó que las normativas legales existentes en el país no les permiten crecer porque “las reglas de juego que han impuesto los grandes es para desaparezcamos o para que tengamos que permanecer como partidos bisagras”.

Precisó que toda la sociedad pudo observar el desempeño electoral de los partidos minoritarios, lo que atribuye a la enorme desigualdad que existe frente a los mayoritarios, que son los que definen las normativas legales por obtener mayor representación en el Congreso Nacional.

Indicó que las condiciones en que participan en los procesos electorales los partidos más grandes son muy privilegiadas y las de los emergentes muy excluyentes y discriminatorias.

Señaló que en función de los resultados electorales de este año, conforme a las proyecciones que se han hecho, los cuatro partidos mayoritarios obtendrán 466 millones de pesos cada uno y, sin embargo, más de 20 partidos políticos, entre todos, no recibirán una suma similar.

Otra desventaja que señala es que los minoritarios no cuentan con los recursos económicos para tener delegados políticos en los más de 16 mil colegios electorales que existen, lo que podría costar solo por el día de las elecciones más de 30 millones de pesos.

También están impedidos por ley a presentar delegados en las mesas electorales cuando participan aliados.

Expandir imagen
Infografía
TEMAS -