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El modelo re-eleccionista

En el primer artículo de esta serie planteábamos cómo se llegó al modelo escogido por la Constitución del 2010. Hoy, haremos un poco de historia.


En nuestro país hemos tenido cuatro grupos de constituciones con relación al tema de la reelección, como nos recuerda el profesor Juan Jorge García. En el primer grupo, con 20 constituciones, se prohibía la reelección para el período siguiente. (Constituciones de 1844, 1854 Febrero, 1854 Diciembre, 1858, 1865, 1866, 1868, 1874, 1875, 1876, 1877, 1878, 1881, 1924, 1927, 1929 Enero, 1962, 1963, 1994, 2010).


En el segundo grupo, las que guardaron silencio sobre la reelección presidencial, aparecen 11 textos sustantivos. (1908, 1929 Junio, 1934, 1942, 1947, 1955, 1959, 1960 Junio, 1960 Diciembre, 1961, 1966).

En el tercer grupo sólo aparece la Constitución de 1872, que en su artículo 29 establecía que el Presidente de la República puede ser electo indefinidamente, y por último, las constituciones que permitieron la reelección para el período Presidencial siguiente: 1879, 1880, 1887, 1896, 1907, 2002.

De este último grupo de constituciones hay que destacar que las constituciones "azules" (1879 y ss) establecían que el Presidente podía reelegirse "únicamente" por el período siguiente. La del 2002 agregaba la prohibición eterna de presentarse nuevamente, en caso de ser reelegido.

Hemos tenido de todo, como puede verse. Concluimos en el próximo.

atejada@diariolibre.com
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