Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales

El ordenamiento territorial y el uso del suelo, una materia pendiente y urgente

Hablar de desarrollo de un país no debe necesariamente tratarse de la transformación de lo rural a lo urbano; no debe necesariamente tratarse de industrias de manufactura en lugar de industrias agrícolas, y mucho menos de carreteras o autopistas sin planificación y sin la base de estudios del suelo y el entorno donde se establecerán las comunicaciones sino una mera construcción para demostrar progreso. El desarrollo corresponde a la organización que se aporta al entorno, de forma tal que las comunidades puedan encontrar espacios donde desenvolverse sin verse afectados y para el desarrollo de sus vidas.

El desarrollo de las ciudades en República Dominicana se ha presentado en muchos casos como la transformación de áreas rurales en urbanas, o construcciones en ciudades sin una planificación macro respecto a todos los elementos que formarán parte del día a día en las personas. Es importante destacar que la transformación de las ciudades conlleva muchas veces cambios en la morfología del suelo, que inciden en el futuro. Esta realidad se ha podido observar con las constantes lluvias que ha padecido la República Dominicana en las últimas semanas, que causó incesantes inundaciones y afectó varias comunidades, lo que derivó en desplazamiento de familias enteras, y algunas lamentables pérdidas humanas.

El crecimiento desmedido, la falta de planificación y de planes de ordenamiento territorial, sumado a la flexibilidad institucional para autorizar la modificación y el uso del suelo en muchas áreas, ha determinado la modificación de las zonas afectadas y en algunos casos, hasta del país. Lo vivido llama a una reflexión y posterior acción inmediata para evitar mayores consecuencias, debiendo existir una regulación para el uso del suelo con el respeto que merece esta honorable nación para el bien de los ciudadanos y las futuras generaciones.

Y el primer paso lo deben tomar los senadores que tienen en sus manos la revisión para aprobación del proyecto de ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, cuya legislación busca crear los elementos e instrumentos primarios para la regulación del ordenamiento territorial en la República Dominicana y el uso del suelo, temas importantes y cuya falta de regulación y control está causando numerosos daños al país.

Sin entrar en controversias, es importante resaltar que no se trata de un instrumento que prohiba una u otra actividad comercial o humana, sino de la existencia de elementos generales que permitan analizar que puede o que no puede existir en un área o zona. Los suelos con vocación agrícola no pueden contar con urbanizaciones sencillamente porque creara anegación del suelo, provocando inundaciones pues el agua debe contar con lugares para su circulación, y en muchos casos se realizan construcciones de casas, apartamentos, residenciales o comunidades completas, sin consideración de los servicios básicos, especialmente cloacas, circulación del agua, entre otros, y por sobre todas las cosas sin conocer o estudiar el entorno del suelo.

La ley 64-00 de Medio Ambiente dispone en sus artículos 30 y 31 la necesidad del ordenamiento territorial y uso del suelo, al expresar:

Art. 30.- Se declara de alto interés nacional el diseño, formulación y ejecución del plan nacional de ordenamiento del territorio que incorpore las variables ambientales.

Art. 31.- El ordenamiento del territorio, nacional, provincial o municipal, según sea el caso, tendrá como objetivos principales la protección de sus recursos, la disminución de su vulnerabilidad, la reversión de las pérdidas recurrentes por uso inadecuado del medio ambiente y los recursos naturales y alcanzar la máxima armonía posible en las interrelaciones de la sociedad con la naturaleza, tomando en cuenta:

1. La naturaleza y las características de los diferentes ecosistemas;

2. El potencial de cada región en función de sus recursos naturales;

3. El equilibrio indispensable entre las actividades humanas y sus condiciones ambientales;

4. Los desequilibrios ecológicos existentes por causas humanas;

5. El impacto ambiental de los nuevos asentamientos humanos, obras de infraestructura y actividades conexas.

Por su parte, la Constitución de la República Dominicana de 2010, expresa en el artículo 194 referente al plan de ordenamiento territorial que “es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático”.

Y el mismo presidente Danilo Medina, ha expresado la necesidad de un marco regulatorio respecto del ordenamiento territorial y del uso del suelo. Ante la situación que está viviendo la República Dominicana, las instituciones públicas y privadas, y los ciudadanos, tenemos que reflexionar y darnos cuenta que en muchos casos no se trata de necesidad de una ley más, sino de la ley que permitirá en muchos casos que sigan existiendo comunidades. El proyecto de ley de ordenamiento territorial y uso del suelo, cuenta con un elemento importante, y es el haber trabajado pensando en el medio en que se desenvolverá y no en copiar lo que dicen las leyes de otros países, pues las realidades geográficas y morfológicas de los suelos y el ordenamiento son distintas.

La obligación está en la Cámara del Senado, pero también en todos los habitantes de la República Dominicana. No existen muchos especialistas del ordenamiento territorial, pero sí responsables del uso del suelo y de la determinación del ordenamiento territorial, lo que obliga a que todos trabajemos en conjunto para asegurar un mejor desarrollo del país, especialmente para las futuras generaciones, pues si no cuidamos desde ahora el entorno, después será muy tarde...

¡Manos a la obra República Dominicana!

leocorral@gmail.com

TEMAS -