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Opiniones sobre la evasión y la elusión fiscal

La elusión, aprovecha los mecanismos empleados y logrados por la evasión, para legalizar el proceso impositivo en la Administración Tributaria, mediante la Declaración Jurada de Renta anual por parte de una empresa.

La Administración Tributaria debe estar abrumada de tanto escuchar opiniones diversas, refiriendo el término de “evasión” y la palabra “elusión fiscal”, puesta de moda en la toma de posesión del 16 de Agosto del 2016, por el Presidente de la República Danilo Medina.

La diferencia entre ambas es que la evasión es ilegal y la elusión es legal. Básicamente la evasión, tiene más poder en el ámbito de dejar de pagar tanto el Itbis como el Impuesto sobre la Renta (ISR), porque llega a sectores informales difíciles de detectar por la Administración Tributaria (AT), ya que sus ventas se producen en efectivo y sin la emisión de ninguna clase de factura.

La elusión, aprovecha los mecanismos empleados y logrados por la evasión, para legalizar el proceso impositivo en la Administración Tributaria, mediante la Declaración Jurada de Renta anual por parte de una empresa. La AT no tiene forma de rectificarla, porque queda sellada con la elusión, y daré un ejemplo simple: la AT no tiene control del inventario de mercancía de ninguna empresa, solo permite envío y envío de compras y compras, mediante el reporte 606, creado para tales fines, que no permite detenerse a observar qué sucede en la empresa, obteniendo la AT un inventario final que no corresponde con la realidad de la empresa. Quiere decir que a nivel de ISR, la AT recibe en la declaración jurada de ISR, un costo de ventas desfavorable con un margen bruto que nadie sabe de dónde sale, pues en algunos casos las mercancías registrada en el costo de ventas continúan en los almacenes, debido a que los reportes de hacer la declaración de impuestos están obsoletos para algunas empresas porque son muy genéricos. En ese sentido, en su mayoría los reportes deben ser rediseñados y orientados a nuevas visiones acorde los tiempos.

El alcance de los comprobantes fiscales solo fue implementado para obtener el cruce de informaciones de los reportes 606 (costos y gastos) y 607 (ventas), y generar y conseguir el reporte de inconsistencias, que no es más que eliminar diferencia de lo reportado entre empresa-DGII, del que vendió y compro una factura, el cual ha sido muy fructífero en las operaciones obtenidas por la AT, porque ha eliminado muchos fraudes, pero no se detiene a corregir errores sustanciales mas allá de una inconsistencia, a la vista de todos en la AT.

Daremos otro ejemplo: ¿por qué la AT no se detiene a observar una empresa que compra mercancías en volúmenes significativos? ¿Por qué no se detiene la AT a verificar compras y cuando la empresa presenta sus ventas mínimas y no se corresponde con el costo invertido, las cuentas por cobrar y la cuentas por pagar? ¿Por qué la AT cierra negocios informales que no generan Renta? Las preguntas anteriores están orientadas a responder la última, que no me corresponde dar respuestas sino comentar que cuando la AT cierra un negocio informal, quien le vende continúa buscando otro cliente, porque el sector informal no se detiene, es gigante y fuerte, solo pierde el pobre negocito que debe continuar pagando salario, energía, alquileres, etc. aunque esté cerrado. Estos contribuyente informales no generan impuestos directos, apenas llegan a la exención de persona física en su mayoría, evaden un Itbis poco sustancial para la AT que debe quedar en el porcentaje no recuperado. Cuando observamos por donde andan las recaudaciones, el único logro u objetivo de cuando se cierra un negocio informal es cobrarle una multa significativa, que es lo único que paga, porque la AT debe ir y volver porque continúan haciendo lo mismo y la AT, no cuenta con el personal para darle seguimiento a los negocios que cerraron anteriormente. Y no estamos justificando a nadie, sino más bien observamos estos acontecimientos.

Los directores anteriores que han pasado por esa prestigiosa institución, gente de carácter y determinación en la aplicación de normas y leyes en beneficio de la DGII, cerraban pocos negocios, sino más bien cobraban y cobraban.

Los que evaden ITBIS e Impuesto sobre la Renta, tienen mucho recursos, los financian. El que tiene capital lo visualiza hacia dónde va y juega con la base del impuesto, y en lugar de pagarlo a la AT lo invierte en mercancías en un proceso que no se detiene y un plan bien estructurado, que solo se frena modificando el Código Tributario en los puntos que lo afectan, pero no teorizando. Para caerle atrás a estos grandes y no a los pequeños e informales.

Hemos observado que el Director de Impuestos, señor Magín Díaz, ha señalado con mucha responsabilidad y profundidad los temas y tiene buenas intenciones de resolver y enfrentar a contribuyentes de prácticas pocas éticas y morales, y ha mencionado los problemas que afectan a la AT frente a los empresarios, incluso frente a algunos que burlan su trabajo y el de muchos trabajadores, y ninguno se ha atrevido a enfrentarlo públicamente, pero creo que agotará su gestión, sin ver cumplir sus metas, pues noto una Administración haciendo un trabajo muy personal enfocado a lo que pueda lograr y no en hacer una gestión a futuro, de largo plazo, donde logre dejar un trabajo a las futuras generaciones.

fcalderon2212@gmail.com

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