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Los waivers o permisos especiales

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Los waivers o permisos especiales

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152 o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina

Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

USCIS (Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos) se ha convertido en una institución que buscar negar, a como dé lugar, cualquier tipo de beneficio a los aplicantes; los impedimentos cada día son mayores, aun con menos cantidad de aplicaciones. Recientemente, una petición fue cerrada unilateralmente por USCIS para no tener que otorgar un beneficio, en el caso muy particular, un I-601 por presencia o estadía ilegal. Resulta increíble que la política actual de USCIS sea simplemente anti-inmigrante. En verdad, entendía que los Oficiales que deciden estos waivers o permisos especiales estaban manteniendo un mínimo de prudencia, pero la práctica me ha confirmado lo contrario. Para no catalogar como exageración los constantes RFE´s enviados – solicitudes de información adicional – para cualquier waiver o permiso especial, había preferido criticar como insensibilidad la osadía de pedir actualización de documentos un año después de los envíos, entre otros detalles. Sin embargo, llegar al colmo de cerrar una petición para evitar que alguien se beneficie de la aprobación de un permiso especial es demasiado. Espero que en algún momento no muy lejano, este desenfreno llegue a su final feliz. La mejor recomendación que pueden darle es trabajar en su permiso especial incluso antes de la cita para poder estar debidamente preparado para enfrentar cualquier cambio en los requisitos.

Las cortes de Florida y la confidencialidad de las visas

Decisiones recientes señalan que las decisiones de revocaciones de visas son diferentes a las decisiones que tienen que ver con la expedición y la negación de visas. Esto otorga un cierto grado de libertad para investigar sobre las informaciones usadas para consentir la revocación de una visa y hace entonces más factible poder lograr ciertas informaciones que el Departamento de Estado quiere siempre considerar confidenciales e intocables.

Retractación a tiempo o timely retraction

Este tiene categoría de ley, si se cumple lo que dice el Manual de Asuntos Extranjeros. Si la entrevista es personal, el “timely retraction” debe hacerse en la primera oportunidad en la que se mencione el tema. Si la aplicación es enviada por correo, se supone que usted tiene que ser llamado a una entrevista; en ese momento, debe decir cuál es la verdad en la primera oportunidad. La verdad es que se supone que en los casos complicados – o en casos de duda – los Cónsules deben pedir un Advisory Opinion (opinión – consejo), pero a los Cónsules no les gusta mucha aplicar este acápite de la ley. En mi opinión, todos los casos que envuelven este artículo son complejos. Es bueno poder establecer fuera de toda duda que usted sí puede obtener el beneficio de esta modificación legal, pero debe estar dispuesto a hacer la apelación de su caso una vez esté devuelto a USCIS. Eso implica tener la paciencia de esperar de 2 a 3 años. Lo triste del caso, es que el mismo USCIS no tiene tiempo establecido de espera una vez los casos son devueltos a USCIS. Por eso es mejor tratar de hacer un caso bueno desde el principio. Tener el expediente a mano, siempre va a ser útil.

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Karina Pérez Rojas Especialista en temas de migración hacia Estados Unidos.