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Constitucional colombiano ratifica pelea de gallos y corridas de toros no son maltrato animal

Sostiene en su sentencia que ambas actividades son parte de una tradición cultural

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Constitucional colombiano ratifica pelea de gallos y corridas de toros no son maltrato animal
Pelea de gallos en Otavalo, Ecuador. (FUENTE: WIKIPEDIA)

La Corte Constitucional de Colombia reiteró que las corridas de toros y las peleas de gallos hacen parte del arraigo cultural del país sudamericano, por lo que no pueden calificarse como un acto de maltrato animal.

Al ratificar la sentencia C-666 de 2010 ratificó el martes que el maltrato animal está prohibido en el país, pero que ciertas prácticas no pueden calificarse como maltrato animal sino como actos culturales que deben respetarse en los municipios donde esa práctica tiene arraigo.

De acuerdo con el diario El Colombiano, el tribunal tomó la decisión tras analizar una demanda contra la Ley de Protección Animal (774 de 2016), que “excluyó del ámbito de cobertura a los toros, gallos, becerros y demás animales que participan en espectáculos artísticos”. Según la demanda, “se desconoce así la calidad de seres sintientes otorgada a los animales”.

En la decisión se especifica que “estas expresiones humanas, culturales y de entretenimiento con animales” únicamente podrán realizarse “en aquellos municipios o distritos en los que constituyan una tradición regular, periódica e ininterrumpida”.

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