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Cinco sentencias del Tribunal Constitucional reconocen la igualdad de derechos de la mujer

Divorciadas pueden casarse antes de 10 meses; viudas de una unión libre pueden recibir pensión

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Cinco sentencias del Tribunal Constitucional reconocen la igualdad de derechos de la mujer
Jueces del Tribunal Constitucional. (ARCHIVO/NEHEMÍAS ALVINO)

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) estableció que la mujer puede casarse inmediatamente se haya divorciado de su pareja, y no esperar los 10 meses que establecía la ley, así como que debe ser notificada en su domicilio y en persona, cuando su cónyuge imponga una demanda de divorcio.

De igual forma, el TC dispuso que las viudas de un núcleo familiar basado en el concubinato, tienen derecho a recibir la pensión que correspondía a su pareja.

El tribunal dijo que si bien es verdad que, tanto el legislador constituyente como el ordinario, han realizado ingentes esfuerzos por consignar la igualdad de género, no menos cierto es que las desigualdades fácticas que se manifiestan en perjuicio de la mujer obligan a la protección de la misma en una sociedad en la que aún prevalece la hegemonía masculina.

En ese sentido han sentado precedentes para que esas discriminaciones culturales se eliminen.

Inmediatamente una mujer es declarada divorciada por un tribunal, ésta puede volver a casarse, al igual que lo hacen los hombres, según dispuso en su sentencia TC/0070-15, donde se declara nulo el artículo 35 de la Ley 1306-Bis, que impone a la mujer esperar 10 meses para poder volver a contraer nupcias.

Explicó que en la actualidad existen los mecanismos tecnológicos que permiten a la fémina darse cuenta si está embarazada de su anterior pareja antes a unirse con otra persona.

“Es importante destacar que actualmente se puede determinar con gran facilidad y certeza si una mujer está embarazada, de manera que si el interés es evitar que una mujer divorciada vaya a un segundo matrimonio en estado de gestación, tanto ella como su nuevo esposo tienen la posibilidad de realizar las pruebas correspondientes”.

En su dictamen TC/0028-12 dijo, además, que el hecho de que el artículo 22 de la ley sobre divorcio disponga que a la mujer se le notifique en su propia persona la demanda hecha por su pareja, no genera ningún privilegio a favor de la misma, ya que es claro que lo que busca es restablecer el principio de igualdad, el cual tiende a desdibujarse cuando se presentan situaciones propias del divorcio y donde generalmente uno de los cónyuges, usualmente el marido, tiende a disipar los bienes comunes en perjuicio de la mujer.

Pensión por unión libre

De igual forma, en el fallo TC/0012-12, establece que la mujer que vive en concubinato tiene derecho a beneficiarse de la pensión que correspondía a su cónyuge, debido a que la unión libre es un modelo de núcleo familiar en el país.

En aras de que haya equidad entre ambos sexos, estableció que los hombres también pueden ser beneficiarios de la pensión.

En tal sentido, el artículo 252 de la Ley No. 873, Orgánica de las Fuerzas Armadas, dice que “tendrá derecho a pensión el o la sobreviviente de un matrimonio o de una unión marital de hecho con por lo menos un año de duración, salvo el caso de que hayan engendrado hijos o que el fallecimiento hubiere sido causado por un accidente o por las causales del artículo 247”.

Consideró también que la discriminación procesal positiva y la protección de los derechos de la mujer en la actualidad es porque tradicionalmente el legislador ordinario le ha concedido preeminencia al hombre en la toma de decisiones.

Declaró conforme a la Constitución la Ley núm. 12-00, que establece la cuota mínima de participación femenina en la participación política, electiva o gubernamental.

El Constitucional dijo que en los casos de violencia intrafamiliar donde la pareja haya llegado a un acuerdo para no continuar con el proceso penal donde esté involucrado un arma de fuego, el Ministerio Público puede incautar el arma y no devolverla a su dueño hasta que haya una sentencia de la cosa irrevocablemente juzgada.

Ese tipo de acuerdos son condicionados.

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