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La Asamblea Nacional aprueba el polémico artículo 30

La propuesta fue sancionada tal y como fue enviada por el Poder Ejecutivo, por lo que se mantiene penalización del aborto

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La Asamblea Nacional aprueba el polémico artículo 30
SANTO DOMINGO. La Asamblea Nacional acaba de aprobar el polémico artículo 30 de la propuesta de modificación constitucional del Poder Ejecutivo que establece el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural. Con la sanción de este mandato, como parte de lo que será la nueva Carta Magna, se mantiene la penalización del aborto.

La votación fue de 167 votos a favor y 32 en contra. La aprobación se produjo luego que el presidente de la Asamblea, Reinaldo Pared Pérez ponderara la propuesta hecha por el Poder Ejecutivo.


Pared Pérez aclaró que la sugerencia del vicepresidente de la Asamblea, Julio César Valentín de cambiar el artículo 30 por el 4, numeral uno de la Declaración de los Derechos Humanos Americanos (OEA), la cual fue rechazada, "buscaba adecuar, sin variar, la disposición del Ejecutivo con el instrumento americano.

Dijo también que la Sociedad de Gicología y Obstetricia había sugerido también la propusta de Valentín en un espacio pagado en los periódicos, como una forma de cerrar el impasse, sin que se afectara el trabajo de esos especialistas.

Después de aprobarse el artículo 30, que dice " El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte. No podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte", los asambleístas empezaron a conocer el 31, de la propuesta del Ejecutivo para la reforma constitucional.

Reacciones 

El coordinador de la Pastoral juvenil, padre Luis Rosario, dijo que la aprobación del artículo 30 de la reforma a la Constitución no es un triunfo de la Iglesia, sino de la vida y sostuvo que se trató de un ejercicio democrático, porque quienes votaron fueron los asambleístas.

Mientras que Fátima portorreal, del  Centro de Estudios de Género de Instituto Tecnológico de Santo Domingo acusó de fascista a la Iglesia y al presidente de la República de machista y patriarcal. Entiende que con esta sanción habrá un incremento de la muerte materna producto del aborto.

Otros artículos sancionados fueron el 31, el 32, el 33, el 34 y el 35. El 31 fue  aprobado con algunas modificaciones introducidas, con 195 votos a favor. Este mandato dice, sin sus numerales, lo siguiente: "Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal"

Se le cambió en el numeral 5, la palabra "juez" por "autoridad competente".  En el numeral 7 se le eliminó la expresión "se le dé constancia escrita sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida". 

En ese sentido, el numeral 7, del artículo 31, 
 se quedó sólo con la parte de "toda persona detenida tiene derecho de comunicarse de inmediato con sus familiares abogados y personas de su confianza y estos a su vez tienen derecho a ser informado del lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificado inmediatamente de los motivos de la detención". 

El artículo 32, que dice "Se prohíben la esclavitud, la servidumbre y la trata y tráfico de personas en todas sus formas", fue asumido por los asambleístas Rafaela Alburquerque y Luis René Canaán tal y como fue sometido y aprobado con 180 votos a favor de los asambleístas. 

El artículo 33 establece el respeto a la integridad física, psíquica y moral y a vivir sin violencia de toda persona.

El 34 : "El derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás  y el orden jurídico.

En el artículo 35 "se reconoce la inviolabilidad de la correspondencia, documentos o cualquier tipo de mensajes privados en formato físico, digital, electrónico o de cualquier otro tipo. Estos no podrán ser ocupados ni registrados sino por orden de un tribunal competente mediante procedimientos legales en la substanciación de asuntos que se ventilen en la justicia y preservándose el secreto de lo privado que no guarde relación con el correspondiente proceso.

Es igualmente inviolable el secreto de la comunicación telegráfica, telefónica, cablegráfica, electrónica, telemática o la establecida en cualquier otro medio".

Además se aprobó que el Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres.

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