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Niño impide deportación de su madre dominicana con un recurso judicial

El menor señaló que se estaban violentando su derecho a una familia y pidió al más alto órgano legal costarricense evitar la deportación de su madre.

SAN JOSE.- Un niño costarricense impidió que su madre, de nacionalidad dominicana, fuera deportada del país al presentar un recurso de hábeas corpus ante la sala constitucional de la Corte Suprema, informaron hoy fuentes del Poder Judicial.

El Alto Tribunal Constitucional señaló que "en este caso en particular prevalece la garantía del interés superior del menor y con base en ello debe resolverse la situación migratoria de la mujer", detalló el Poder Judicial en un comunicado.

Una portavoz de la oficina de prensa del Poder Judicial confirmó a Efe que la sentencia fue emitida el pasado 14 de octubre y ordena a la Dirección de Migración y Extranjería "tomar las medidas que se encuentren dentro de su competencia para garantizar el interés superior del menor y procurar la regularidad migratoria" de la mujer.

La fuente detalló que al tratarse de un menor de edad quien interpuso el recurso, no se puede revelar la fecha en que fue presentado ni identidad de la madre.

Con este fallo, las autoridades de Migración deben "abstenerse de deportar o de cualquier otra forma, separar al niño recurrente de su madre", indicó la sala constitucional en su fallo.

El menor, cuyo padre es costarricense pero no convive con él, presentó el recurso en contra la Dirección General de Migración y Extranjería pues su único sustento es su madre, quien afrontaba un proceso de deportación.

De acuerdo con las autoridades, el niño alegó "que su madre ha sido madre y padre para él, que nunca ha vivido con su padre y que es ella quien vela por todas sus necesidades".

La mujer dominicana había solicitado en dos ocasiones la residencia costarricense, pero ésta le ha sido denegada.

El menor señaló que se estaban violentando su derecho a una familia y pidió al más alto órgano legal costarricense evitar la deportación de su madre.

La Constitución costarricense establece que toda persona tiene derecho a presentar un recurso de hábeas corpus o un recurso de amparo, independientemente de su edad o condición social y sin necesidad de un representante legal.

La ley tampoco exige que estos recursos tengan los requisitos y formalidades necesarios para otro tipo de procesos, por lo cual, pueden plantearse incluso escritos a mano, en cualquier tipo de papel y utilizando un lenguaje no jurídico.