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Los couriers informan a clientes sobre advertencia de Aduanas

Empresas aseguran que a través de las redes sociales avisan a sus clientes

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Los couriers informan a clientes sobre advertencia de Aduanas
Los couriers explican a sus clientes cómo subir sus facturas.

SD. Las Empresas de Transporte Expreso Internacional (couriers) están avisando a todos sus clientes a través de sus plataformas para que se acojan a la medida anunciada por la Dirección General de Aduanas (DGA) que a partir del 3 de abril todas las personas que importen cualquier tipo de mercancías a través de los servicios de los couriers, están obligadas a presentar la factura comercial que demuestre que su importación es producto de una operación de compra y venta internacional.

En una jornada de revisión y contacto con empresas couriers y ciudadanos que utilizan estos servicios se pudo confirmar que estas compañías han enviado a sus clientes un comunicado vía correo electrónico, con el recordatorio de Aduanas para que eviten la retención de sus mercancías. También estas empresas explican en video y en sus portales cómo los clientes deben subir sus facturas para evitar contratiempos.

Lo propio ha hecho la ASODEC, Asociación Dominicana de Empresas Courier, quien a través de su portal ha colocado el comunicado de Aduanas. “Nosotros siempre enviamos avisos a los clientes a través de las redes sociales y también correos masivos. También tenemos otras opciones que es donde el cliente sube su factura antes de que el paquete llegue a Miami y ya viene con su factura incluida”, explicó la joven que no quiso ser identificada.

De su lado la directora de comunicaciones de Aduanas, Lissette Selman, dijo que este proceso no es nuevo sino un recordatorio.

“No es una medida nueva, es un recordatorio porque cuando hay un paquete que viene sin facturas hay otros recursos que aduanas utiliza para darle la oportunidad al usuario o al comprador para que busque un documento de compra, si finalmente no existe un documento de acuerdo a las regulaciones internacionales y medidas internas, se aplica lo que se llama el método sustitutivo que nos es más que valorar la mercancía no medalaganariamente y no discrecionalmente sino de acuerdo a lo que está establecido de ese acuerdo de valoración de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

En el documento publicado por Aduanas, la institución indica que este proceso se da en cumplimiento de lo que establece el decreto número 36-11, fechado el 20 de enero del 2011, que instituye el Reglamento para la Valoración Aduanera, conforme al Acuerdo del Valor GATT de 1994, artículo VII de los acuerdos GATT/OMC, aprobados mediante la resolución número 2-95 del Congreso Nacional.

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