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Partidos proponen regular el uso de equipos que transmiten los votos

Hay diferencias por el Código Electoral y cambio en JCE y el TSE

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Partidos proponen regular el uso de equipos que transmiten los votos
Los cuatro partidos políticos principales retomaron el lunes el diálogo sobre la Ley de Partidos. (ARCHIVO)

SANTO DOMINGO. El tema del uso de los escáneres y la tecnología es una de los puntos centrales que preocupa a los partidos políticos en el diálogo que se ha retomado con el objetivo de que se apruebe una legislación que los regule.

El Partido Revolucionario Moderno (PRM), el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) coinciden en que se elabore un “Código electoral” que incluya, además de la Ley de Partidos, la reforma a la Ley Electoral.

Pero el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) es partidario de que primero sea discutida y aprobada la Ley de Partidos.

Otro punto de divergencia es que el PRM pone como condición que se busque un consenso para estructurar la Junta Central Electoral (JCE), el Tribunal Superior Electoral (TSE) y la Cámara de Cuentas en ese diálogo, pero esa propuesta no ha sido respaldada por el PLD, el PRD y el PRSC.

El PRD y el PRM han elaborado propuestas con iniciativas sobre el uso y el personal que manejará los equipos de transmisión de los resultados electorales.

Escáneres y el personal

El PRD propuso que el personal técnico llamado a manejar los equipos tecnológicos en los recintos electorales sean empleados fijos de la JCE y de las diferentes universidades e institutos de formación técnica del país.

La comisión perredeísta integrada por Salim Ibarra, Víctor Gómez Casanova y Eduardo Jorge Prats planteó que los equipos tecnológicos se instalen y se prueben al menos un día antes del inicio del proceso de votación, con el fin de que cualquier fallo o eventualidad en los mismos puedan ser detectados y corregidos.

El PRD sugirió que los pedimentos de carácter técnico que realicen los partidos políticos o agrupaciones políticas ante la JCE que puedan alterar el cronograma electoral, deberán realizarse por escrito, debidamente sustentados y antes de los dos meses previos al día de las elecciones.

El PRD planteó que se establezca de manera formal y precisa la facultad de la JCE para decidir sobre la tecnología de punta a utilizarse en el proceso de sufragio, conteo y transmisión de la votación, siempre resguardando el derecho de los delegados de los partidos y agrupaciones para realizar impugnaciones en las mesas de votación.

El vicepresidente del PRD, Héctor Guzmán, sugirió que se conozca y apruebe primero la Ley del Régimen Electoral, que normará la Junta Central Electoral y luego designar sus miembros en función de los requerimientos de la nueva ley.

También establecer que, en función de las nuevas atribuciones de la JCE, sus miembros sean abogados y una parte profesionales de las ciencias sociales, informática, administración pública o estadística.

Planteó la eliminación del voto preferencial para escoger los diputados.

El fiscal nacional

El artículo 200 del proyecto de Ley Electoral del PRM indica que en los casos de que la relación de votación sea transmitida vía escáner, el presidente o el secretario del colegio electoral recibirá una copia de la transmisión y una copia también le será entregada a cada delegado de los partidos políticos, los cuales tendrán derecho a delegados en los centros de transmisión por escáner u otro método que sea utilizado.

Además, que al terminar la totalidad de los colegios electorales, los centros de transmisión de las relaciones de votación vía escáner u otro método de transmisión, los encargados entregarán un facsímil del total de las relaciones de votación transmitidas con el nombre, firma y sello del responsable del centro de transmisión a cada delegado de los partidos políticos presentes en cada centro.

También depositará una en la junta electoral correspondiente.

El PRM propone también la creación de la Fiscalía Nacional Electoral responsable de recibir, tramitar y apoderar las denuncias y acciones que pueden iniciar los ciudadanos, los partidos y agrupaciones y movimientos políticos y asociaciones en defensa de sus intereses políticos.

El fiscal electoral nacional sería designado por las dos terceras partes de la Cámara de Diputados por un período de cuatro años.

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