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Tribunal Constitucional no puede revisar el fondo de decisión del Superior Electoral

Habla del gran desafío en los plazos para la impugnación electoral

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Tribunal Constitucional no puede revisar el fondo de decisión del Superior Electoral
Sin embargo, Mariano Rodríguez dejó claro que el TC puede revisar la constitucionalidad de una decisión.

SANTO DOMINGO. En materia del fondo, el Tribunal Constitucional (TC) no tiene competencia para la revisión de una decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE).

La observación fue hecha por el presidente del TSE, Mariano Rodríguez, quien también acotó que la función de la revisión constitucional está claramente establecida.

En ese tenor, no tiene ninguna objeción porque lo establece la Constitución de la República.

"Yo entiendo que esto lo que crea es una mayor obligación de parte de las altas cortes para que seamos lo más cuidadosos posible, y apegarnos siempre a la Constitución de la República en nuestras decisiones, para evitar precisamente que ocurran esos choques de trenes, de que el Tribunal Constitucional tenga que declarar la inconstitucionalidad de la decisión, en esa parte que viole el derecho fundamental alegado".

Expresó que la Constitución establece la autonomía del TSE, de manera que sus decisiones son en última instancia, cuando sean de apoderamiento directo y las impugnaciones que provengan de las juntas municipales.

"En materia del fondo, el Tribunal Constitucional no tiene competencia para la revisión de una decisión del Tribunal Superior Electoral", reiteró.

Recordó que el TC no ha encontrado méritos en recursos de revisión, en cuanto a que el TSE hubiera violado derechos fundamentales.

En cuanto a los plazos e impugnaciones en materia electoral, Rodríguez espera que no se dé el caso de tener que decidir 10 o 12 días antes del 16 de agosto.

Recalcó que las impugnaciones de las elecciones también tienen sus plazos, y la ley lo establece.

"El tribunal ahí lo que tiene es un gran desafío, y es resolver en tiempo prudente todas las demandas que se le presenten".

Plantea que lo importante es que habría que verificar si un recurso de revisión constitucional detiene la ejecución de una sentencia. "Entonces, ya cuando vaya al Tribunal Constitucional, que tiene sus plazos, eso también habría que revisarlo y resolverlo". Indicó que la parte que haya participado en una controversia en el TSE, tiene todo el derecho de ir al TC.

Muy activos En el 2013 van 19 casos contenciosos electorales 

SD. El Tribunal Superior Electoral (TSE) recibió 47 expedientes de tipo contencioso electoral en el 2012 y 19, en el año que va en curso.

Según explicó su presidente, Mariano Rodríguez, de los 47 expedientes que recibieron en el 2012, fallaron 33 sentencias porque se fusionaron algunos casos y en el 2013, se emitieron 19 sentencias.

Dijo que aunque se tenga la percepción de que un partido mayoritario le genera mucho trabajo al TSE afirmó que no es así y que hay algunos partidos emergentes muy activos que se mantienen llevando expedientes de manera permanente porque no salen de conocer un expediente cuando le llevan otro.

Influencia Partidos: sin mucho peso en altas cortes 

SANTO DOMINGO. Mariano Rodríguez es de la opinión que en el caso de República Dominicana, los partidos políticos no tienen una abierta participación en la distribución de cargos en las altas cortes.

"Bueno, en el caso nuestro no podríamos negar que pueda haber alguna participación, al final, de los partidos políticos, pero no abiertamente, como es en otros países, donde un miembro pertenece a un partido, y el otro miembro pertenece a otro partido".

Sin embargo, no niega que en otros tiempos ocurriera esa situación.

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