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El caso Sobeida

La solicitud de libertad condicional incoada por Sobeida Félix Morel, luego de haber cumplido la mitad de la pena acordada con el Ministerio Público y sancionada por un juez, es un caso inédito que debe ser analizado profundamente.

La posibilidad de un acuerdo en un juicio penal, lo que se conoce en el sistema inglés como un "plea bargain", está prevista en el Código Procesal Penal dominicano, en el artículo 363 y siguientes.

Un imputado negocia un acuerdo para lograr una rebaja de la pena que le podría ser impuesta en caso de que el juicio siga su curso natural. Generalmente, el acusado coopera con la Fiscalía en el caso que se le sigue o en otro en que las autoridades tengan interés. Es decir, es un intercambio entre las autoridades y el imputado, que beneficia a la justicia y al acusado.

En el caso Sobeida, la pregunta es si luego de acordado un término de prisión, este puede ser reducido adicionalmente en beneficio del acusado. No hay precedentes en el país y sería interesante un debate jurídico sobre el tema.