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Adiós a la casa Armenteros

El pasado 9 de agosto fue demolida en La Romana la residencia Armenteros-Hilari, ubicada en la calle Trinitaria casi esquina fray Cipriano de Utrera, a un costado de la iglesia Santa Rosa de Lima y característica por su techo en vuelo de forma curva apoyado en un muro perforado. Previamente, años atrás, había sido arrasada la casa de Luis Duluc, contigua a la citada.

Con la desaparición de este inmueble, cuyo autor es el arquitecto Tomás Auñón y levantado hacia 1945, la ciudad más joven del Este del país – pero no por ello inapreciable desde el punto de vista patrimonial – quedó sin una de sus edificaciones icónicas y el país sin una de las pocas construcciones de este inmigrante español, que legó, según estudiosos de la arquitectura dominicana, uno de los capítulos más relevantes de la arquitectura moderna del Caribe, con piezas únicas dentro del escenario arquitectónico regional. En Jarabacoa construyó varias casas de veraneo y en Santo Domingo el monumento a la independencia financiera (obelisco hembra), el Instituto Escuela, el edificio Santos y las casas García, Pol, Vitienes, Ramírez-García Godoy, Molinari Jiménez y Benítez Rexach en Gascue, las dos últimas igualmente desaparecidas. La eliminación de la residencia Armenteros en La Romana evidencia que antes que ser considerada como una pieza única del patrimonio monumental de la región este, que bien pudo ser preservada para servir inteligentemente a un nuevo uso, era tenida simplemente como una construcción abandonada que estorbaba el distinto aprovechamiento del solar en que se hallaba enclavada. El reconocimiento colectivo que alcanzó no trascendió hasta el reconocimiento jurídico con su inventario o su declaratoria como Monumento Nacional, categoría que la hubiese colocado bajo la tutela de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental y que pudo haber beneficiado su intervención antes que su desaparición. El ser parte del imaginario colectivo romanense de poco valía, ya que nunca fue acompañado de un respaldo legal. Su valoración social, al no haber sido seguida de una valoración estatal, se derrumbó por no haber adquirido el rango de norma adjetiva.

La residencia Armenteros se suma a la lista de ejemplares irrepetibles de la arquitectura republicana que La Romana ha perdido en menos de dos décadas. El huracán George afectó varias viviendas de madera que luego fueron tumbadas y los proyectos de una ruta arquitectónica y de delimitación de un perímetro como centro histórico se vieron frustrados con demoliciones subrepticias e intervenciones que la Regional Este de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental – sin inspectores nombrados – se vio en la imposibilidad de detener, no obstante la prohibición expresa de destrucción o alteración sin autorización de esta dependencia que prevé el Art.11 de la Ley No.318, del 14 de junio de 1968, como ha reconocido el Tribunal Constitucional (sentencia TC/0037/16, del 29 de enero de 2016). El ayuntamiento, antes que cumplir con la Ley No.176-07, del 7 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los municipios, que le atribuye preservar el patrimonio histórico y cultural de su jurisdicción (Art.19, literal h), ha sido compromisario de su eliminación, al aprobar sin más las intervenciones verificadas.

Mientras se señala que “las próximas en la lista” en La Romana son los emblemáticos Club Recreativo y Casa de Puerto Rico, hay que advertir que el patético caso de la residencia Armenteros se replica en otros cascos urbanos. La salvaguarda por el Estado del patrimonio cultural de la nación, la garantía de su protección, enriquecimiento, conservación, restauración y puesta en valor y la preservación del patrimonio cultural, histórico, urbanístico y arquitectónico en tanto derecho colectivo o difuso son parte de las disposiciones muertas de la Constitución, que no encuentran asidero en un marco legal adjetivo que impone conservar bienes patrimoniales inmuebles sin ninguna compensación a cambio, no obstante el interés social que ello encierra y la restricción que impone al derecho de propiedad, como ha expuesto el Tribunal Constitucional (sentencia TC/ 0208/14, del 4 de septiembre de 2014). En efecto, aun hubiese sido Monumento Nacional, por la casa Armenteros era poco lo que podía hacerse. El régimen jurídico del patrimonio cultural no establece exención fiscal alguna que hubiese estimulado su conservación por parte de sus propietarios. Por demás, las sanciones consagradas para castigar a sus infractores son ridículas. Sin recursos para lograr su preservación, sin una política ni planes definidos, sin instituciones sólidas y sin un estatuto que favoreciera su valorización por parte de sus propietarios, no es de extrañar el lamento generalizado que acompañó su destrucción.

La pérdida de la casa Armenteros duele tanto como la desaparición de otras tantas piezas de nuestra memoria construida declaradas o no, inventariadas o no, pertenecientes o no a un centro histórico. Solo van quedando fotos de un pasado que el Estado ha sido incapaz de preservar, salvo claro, la Ciudad Colonial de Santo Domingo, único patrimonio monumental que parece importar y que reditúa jugosos beneficios.

Nuestro patrimonio construido se desvanece sin más. Existe un perjuicio cultural e histórico causado con la destrucción o transformación de un inmueble patrimonial, como ha señalado el Tribunal Constitucional (sentencia TC/0330/15, del 8 de octubre de 2015), pero eso no parece importarle a nadie. Aunque la Estrategia Nacional de Desarrollo tiene entre sus líneas de acción la recuperación, protección y proyección del patrimonio cultural tangible de la nación y su valoración como parte de la identidad nacional, el país sigue asistiendo a un proceso de dilapidación acelerada y al parecer irreversible de un patrimonio heredado de inmenso valor cultural y económico, hecho ante el cual el Estado no quiere empuñar armas.

edwinespinal@hotmail.com

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