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Gobernabilidad y empresa estatal

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Gobernabilidad y empresa estatal

No caben dudas de que la más importante tarea en el plano económico de la actual Administración es la reducción del déficit público. La situación amerita el planteamiento y desarrollo de estrategias más efectivas y de larga proyección y efectos, lo cual indudablemente conlleva políticas más complejas; se necesita pues, salir del esquema basado en la solución de siempre: el aumento de impuestos -que de paso debe contrapesarse con el lógico esfuerzo del Estado de reducir el gasto.

Y es que más allá de lograr una reforma fiscal integral que trascienda los tradicionales parches de coyuntura, se necesita, parafraseando a Fukuyama, una reconstrucción del Estado, y dentro de ello, del Estado empresario. Esta reconstrucción pasa por el logro de una nueva forma de concebir, estructurar y operar las empresas estatales, es decir, aquellas sociedades que tienen un fin netamente comercial o de prestación de servicios públicos y las cuales el Estado controla, ya sea vía la propiedad accionaria mayoritaria, la real toma de decisiones o el control financiero.

Musacchio y Flores-Macias han expuesto en un análisis relativamente reciente (2009) titulado "El Regreso de las Empresas de Propiedad Estatal" (The Return of State-Owned Enterprises), publicado en la revista Havard International Review, cómo, desde hace más de un siglo, este tipo de empresas ha tenido y tiene una relevante incidencia en el sistema económico doméstico y global, incluso en aquellas décadas de los años ochenta y noventa del siglo pasado, famosas por la ola de privatizaciones.

Lo que distingue a la empresa estatal de hoy en día respecto de aquellas de décadas atrás es precisamente la asunción e implementación de un nuevo enfoque de administración. Se trata entonces de entender que la fiebre no está en la sabana y que las empresas estatales pueden, si adoptan los criterios de gobernabilidad correctos, ser tan o más eficientes y competitivas que sus pares privadas, generando verdadero empleo -no botellas- y creando las bases de un "circulo virtuoso" basado en el crecimiento económico y social sostenido y sostenible.

¿A qué nos referimos con una nueva forma de administración? Desde 2005 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), organización que congrega a más de 30 países -entre ellos Estados Unidos, Alemania, Francia, Italia, Japón, Reino Unido, Noruega, Suecia, Suiza, España, Israel, Chile, México y Canadá-, ha publicado las Directrices sobre Gobierno Corporativo de la Empresa de Propiedad Estatal. Estas Directrices se fundamentan en lograr empresas que asuman una dirección acorde con las exigencias de un sistema económico globalizado, de constantes cambios tecnológicos y basadas en la innovación y la competitividad.

Las Directrices reconocen que las empresas propiedad del Estado -y por tanto los ciudadanos que son en esencia sus propietarios- afrontan dificultades propias de la gobernabilidad corporativa. Por un lado, afirma la OCDE, este tipo de empresas pueden verse afectadas por un intervencionismo estatal indebido o por interferencias de la propiedad por motivaciones políticas o por una posición totalmente pasiva o distante del Estado. A su vez, una mala concepción de su fin y función, así como una sobre protección en materia de responsabilidades, puede fomentar su mal desempeño empresarial y, por tanto, convertirlas en empresas deficitarias no viables.

En el caso dominicano, adoptar una acción contundente en este sentido no solo es una opción de cara a la reducción de los gastos del Estado, sino una obligación a la luz de las disposiciones constitucionales vigentes. De acuerdo al artículo 219 de la Constitución, el Estado puede participar en la actividad empresarial, sólo o en asociación con el sector privado, siempre dentro del marco del principio de subsidiaridad, es decir, limitando sus actuaciones allí donde el mercado por sí mismo no es eficiente. A su vez, el artículo 221 condiciona esta participación a la aplicación de un régimen basado en la igualdad de trato entre empresas públicas y privadas.

El Estado dominicano necesita pues, explotar con mayor calidad su posición de Estado empresario y debe hacerlo dentro del marco constitucional establecido. Se requiere entonces de un marco regulatorio sobre empresa pública que, en adición de crear un estatuto particular que elimine las actuales distorsiones e interpretaciones sobre la aplicación o no de leyes y reglas específicas, establezca un órgano administrador o holding de las participaciones estatales e incorpore un régimen de gobierno basado en las directrices de la OCDE y el Banco Mundial, tendentes a fomentar la actividad empresarial del Estado basada en la administración profesional, transparente y eficiente. Modelos de comparación sobran, y se pueden consultar fuentes como la francesa Agence des Participations de l'Etat o la inglesa Shareholder Executive.

No se trata a su vez de lograr empresas solo económicamente eficientes. Se trata de que las empresas propiedad del Estado con altos estándares de gobernabilidad logran incorporarse en plenitud de forma a la vida comercial y financiera, pudiendo, por ejemplo, financiarse a menor costo utilizando los propios mecanismos de mercado o emitir acciones como valores de oferta pública parte de una estrategia de obtención de capital. Se trata, incluso, de lograr alianzas corporativas que trasciendan nuestras fronteras, como lo han hecho, por ejemplo, -vía tres sociedades de propiedad estatal- Alemania, Francia y España que, conjuntamente con inversionistas privados, operan EADS, una empresa de alta tecnología constructora de, entre otros, el Airbus A380, el avión de pasajeros más grande del planeta. Sin dudas, la re construcción del sistema de gobernabilidad de la empresa estatal perfectamente encuadra en aquello de hacer lo que nunca se ha hecho.