Los apellidos deben ser de los padres
“Los artículos 24 y 46 de la Ley 659 de 1944 no contemplan la inclusión de otro tipo de apellidos que no sean los de los padres”
José Ricardo Taveras
Exdirector de Migración
“Los artículos 24 y 46 de la Ley 659 de 1944 no contemplan la inclusión de otro tipo de apellidos que no sean los de los padres”
José Ricardo Taveras
Exdirector de Migración
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