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Consulado
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Evidencia Adicional después del Rechazo de una Visa de Inmigrante

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Evidencia Adicional después del Rechazo de una Visa de Inmigrante

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

9 FAM 504.11-4 y el 22 CFR permiten la solicitud de revisión de los casos de visas de inmigrante dentro del año de su rechazo. Por supuesto, se supone que usted debe intentar esto si existen evidencias adicionales – yo agregaría que se puede hacer si usted considera que no fueron consideradas ciertas evidencias, si no fueron vistas por el Consulado – lo que generalmente sucede. Sin embargo, el Consulado hace esto porque el caso no es llevado correctamente desde el inicio porque hay que dejar bien establecido que en casi todas las ocasiones, la institución que tiene la autoridad para decidir un caso es USCIS y no el Departamento de Estado, como comúnmente se piensa. En caso de no obtener una decisión favorable – como probablemente será – prepárese para preparar su caso y defenderse ante USCIS, ya que esa podría ser la última vez que pueda hacerlo. Muchas personas se quedan esperando la famosa carta de la negación del caso, y cuando ésta no llega, dejan todo así. Eso puede tener gravísimas consecuencias en cualquier trámite o beneficio relativo.

Ciudadanía de Adulto

Si el padre o madre ciudadano estadounidense no pueden probar presencia física en los Estados Unidos (o participación en una familia cuyo padre o madre fuera miembro de un organismo multinacional como la ONU, OEA, etc.), antes de iniciar una petición para acogerse a la ciudadanía automática (porque ésta última requiere domicilio en los Estados Unidos), debe de explorar la posibilidad de una transmisión automática por un abuelo que tenga ciudadanía de los Estados Unidos. Este es definitivamente la mejor opción, la que causa menos problemas a los aplicantes, ya que no se exige que el niño/a a naturalizarse permanezca en territorio de los Estados Unidos después de la cita para la naturalización.

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