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Infracciones para aquellos que manejan bajo la influencia de drogas

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Infracciones para aquellos que manejan bajo la influencia de drogas

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152 o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Estas infracciones son conocidas como DIU –driving under the influence. Hace ya más de un año, el Departamento de Seguridad Nacional junto con el Depto. de Estado, han prestado especial atención a este tipo de casos. Es común que después de este tipo de infracción –aun haya pasado mucho tiempo– usted sea llamado al Consulado, ya que las instrucciones que tiene el Manual de Asuntos Extranjeros es que debe revocar su visa, de manera provisional. La previsión que permitía que se le reconsiderara la visa en la misma entrevista, ya no existe. Deberá hacer una nueva cita después de la cancelación de esa visa, para explicar su caso y probar que no es inelegible por el artículo de la Ley de Inmigración de EEUU que se refiere a los problemas de salud.

Peticiones para familiares en la Oficina USCIS República Dominicana

Aunque la hoja de USCIS en EEUU no lo indica en la parte de las oficinas internacionales que le corresponde a RD, el proceso para depositar peticiones ha cambiado en RD. En la actualidad, hay que hacer una cita para los depósitos, pero el sistema es lento y hay que esperar varias semanas para tener acceso a una cita. Hay que revisar todos los días, varias veces al día, para poder conseguir una cita para estos fines. A veces, este proceso tarda más de 1 mes. Quiere decir, que para hacer uso del beneficio de poder tener cita rápidamente, debe esforzarse para concretarla lo antes posible: con el sistema de hoy, es posible terminar un proceso de residente de cónyuge de ciudadano de los EEUU o hijo menor de edad, en menos de cuatro meses.

Peticiones para familiares en la Oficina USCIS República Dominicana

Esto es posible de varias formas, pero la más fácil es cuando se pueden probar los años de presencia física del padre o madre ciudadano americano. Si ya obtuvo esta ciudadanía para un hijo, es posible pedirle al Departamento de Estado una copia de los documentos utilizados para esa ciudadanía, ya que para el hijo menor se pueden utilizar los mismos documentos que fueron sometidos. Aunque este es un proceso un poco lento (entre 6 y 8 meses), siempre es posible hacerlo. Esto resulta particularmente importante cuando el hijo menor ha sido reconocido y el padre/madre ha fallecido. Ante la imposibilidad de obtener estos documentos directamente del padre o madre fallecido/a, el problema se soluciona fácilmente de ese modo. En el peor de los casos, puede hacerse el proceso a través de un abuelo/abuela ciudadano/a americano.

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