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Plazo para procesar un caso de visa de inmigrante

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Plazo para procesar un caso de visa     de inmigrante

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

Una vez usted reciba el aviso de que puede procesar su caso, tiene el plazo de un año para moverlo. En caso contrario, el caso se cerrará por inactividad. Sin embargo, la ley otorga un plazo adicional de 1 año para explicar porqué estuvo imposibilitado de procesar su caso dentro del plazo normal. Todas las cuotas y documentos que hayan sido pagados se pierden en caso de pasar más de un año.

Quiénes pueden agregar derivados

En las peticiones de residencia, a veces no es posible agregar derivados porque la misma categoría se cae. Tal es el famoso caso de los residentes pidiendo hijos mayores de edad, solteros, los cuales deben permanecer solteros hasta tanto ingresen a territorio de los Estados Unidos. No es posible divorciarse y seguir viviendo con la misma pareja, e incluso tener hijos, para poder ser pedido en un caso como el mencionado, de hijos mayores de edad de residentes legales permanentes.

En el caso de los familiares inmediatos de ciudadanos de los Estados Unidos – hijos menores, cónyuges, padre y madre y padrastros en algunos casos – no es posible agregar ningún derivado, porque no hay espera, solo proceso para completar el caso. No hay que esperar ninguna prioridad.

Obtención de ciudadanía americana a través de un padre/madre

Esto es posible de varias formas, pero la más fácil es cuando se pueden probar los años de presencia física del padre o madre ciudadano americano. Si ya obtuvo esta ciudadanía para un hijo, es posible pedirle al Departamento de Estado una copia de los documentos utilizados para esa ciudadanía, ya que para el hijo menor se pueden utilizar los mismos documentos que fueron sometidos. Aunque este es un proceso un poco lento (entre 6 y 8 meses), siempre es posible hacerlo. Esto resulta particularmente importante cuando el hijo menor ha sido reconocido y el padre/madre ha fallecido. Ante la imposibilidad de obtener estos documentos directamente del padre o madre fallecido/a, el problema se soluciona fácilmente de ese modo. En el peor de los casos, puede hacerse el proceso a través de un abuelo/abuela ciudadano/a americano.

Información en el DS-160 (de visa de no-inmigrante) compartida con USCIS

Las personas deben estar preparadas para tener coherencia en sus aplicaciones, pues se ha incrementado el intercambio de información en este sentido: lo que un aplicante ponga en su DS-160 puede ser compartido con USCIS para fines de la ejecución de la Ley de Inmigración.

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