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RFE – Solicitudes de Evidencias Adicionales

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RFE – Solicitudes de Evidencias Adicionales

En estos momentos, es prácticamente imposible hacer una solicitud de waiver o permiso especial en materia de residencia, sin recibir una solicitud de información adicional, que parecen diseñadas para entorpecer el proceso de solicitud normal, ya que con las mismas cantidades y calidades de evidencia, en el pasado, la aprobación era emitida sin mayores inconvenientes. Se está llegando al colmo de pedir incluso, actualización de la misma documentación enviada, lo cual es insólito: no sólo hay que esperar más de un año para una respuesta, sino que encima, hay que repetir la misma información que se envió originalmente.

Pienso que este tipo de acciones son perjudiciales para todo el involucrado y parece un intento de hacer que alguien tire la toalla. Es evidente que hay exigencias mayores para determinar por ejemplo, la extrema severidad o extreme hardship; así, todos los factores deben tomarse en cuenta, uno a uno, tratando de maximizar cualquier situación que perjudique al familiar afectado por ley.

En este mismo orden, note que la pre-aprobación de un waiver por estadía ilegal en los Estados Unidos no significa una sola entrevista en el Consulado; pueden ser aplicables otras inadmisibilidades. El objetivo del waiver I-601ª es que las personas esperen lo mínimo aquí, pero si el beneficiario tiene otra inadmisibilidad, hay que revisar si existe waiver disponible, en caso contrario no vale la pena destruir una inadmisibilidad si hay otras que saldrán a flote en la entrevista. Si existe waiver disponible, o permiso especial como comúnmente se traduce, entonces el beneficiario debe saber que la espera actual es de 13 a 18 meses (esto, con los tiempos nuevos actualizados de USCIS – Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos).

Peligros del Ajuste de Status

Con la eliminación de la regla de 30/60 días, ya nadie debe ser pedido en residencia después de entrar a Estados Unidos, particularmente los matrimonios. Después de los 90 días de entrar, se supone que no debe aplicar eso de falsa representación, pero todo es discrecional ahora. Si existen ciertas conductas, se puede considerar que existe falsa representación aún después de los 90 días. Esas conductas son, básicamente, las siguientes: matrimonio y búsqueda de residencia, búsqueda de empleo no-autorizado, la inscripción y realización de estudios y la realización de cualquier actividad que necesite una residencia para operar legalmente. Aquí es que está el verdadero peligro: todo descansa en el poder discrecional. Estando las cosas como están, en USCIS existen muchas formas de negar un caso de esa naturaleza. En mi opinión personal, en esta administración hay que confiar muy poco en todo lo que quede en el poder discrecional de las autoridades que manejan las leyes de Inmigración de EUA. Todo el que se arriesgue a efectuar dicho cambio de visa de paseo/negocios a residencia tiene que estar preparado para contestar a un oficial – ya sea del Departamento de Estado o de USCIS – sobre lo que estaba en su mente al momento de solicitar visa de no-inmigrante en el Consulado o al momento de solicitar un cambio de status.

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

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