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Junta Monetaria prohíbe cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses

Un nuevo reglamento ordena el aumento de la transparencia y el rigor a las entidades financieras

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Junta Monetaria prohíbe cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses
Se abaratará el uso de las tarjetas.

SANTO DOMINGO.- La Junta Monetaria emitió un nuevo reglamento para regir el uso de las tarjetas de crédito en el país, que incidirá en la reducción de los costos, asimismo, ordena el aumento de los niveles de transparencia a favor de quienes usan tarjetas de crédito.

La resolución, aprobada el pasado 7 de febrero, establece que la tasa de interés que se utiliza en los préstamos para el consumo, se utilizará como referencia para los consumos hechos con tarjetas de crédito.

Se prohibió a las entidades emisoras de tarjetas cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre los intereses. Y que el cálculo de dichos intereses se haga sobre el saldo insoluto o no pagado, "lo cual, aunado a los dos aspectos anteriores, va a contribuir a una reducción sustancial de las cuotas a pagar por los tarjeta habientes", cita el reglamento.

Se dispuso el uso de un formato único y estandarizado para los reportes de estado de cuenta, de manera que los usuarios puedan ver la tasa efectiva que se aplica a su financiamiento, y el desglose de las diferentes comisiones y cargos preestablecido, de manera que puedan hacer comparaciones entre los servicios de las entidades financieras.

Otra indicación es que no se podrá modificar cláusulas contractuales sin la previa autorización de los dueños de las tarjetas, "manteniéndose vigentes las disposiciones del reglamento de protección al usuario de servicios financieros, entre las que se destaca la no presentación de letras pequeñas en los contratos".

La Junta Monetaria dispuso la actualización del el manual de Contabilidad de Entidades Financieras, para que los desgloses de cuentas, comisiones y cargos previamente establecidos, puedan ser fiscalizados.

Y que, bajo carácter obligatorio, tanto las entidades emisoras de tarjetas de crédito, como el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, publiquen en una frecuencia establecida las tasas de interés aplicables al uso de tarjetas de crédito.

Según un comunicado, para la emisión del reglamento la Junta Monetaria estudió las experiencias y regulaciones adoptadas en Chile, México, Perú, Bolivia, Colombia, Costa Rica y Venezuela.

Asimismo, se creó una comisión interinstitucional, integrada por funcionarios del Banco Central y la Superintendencia de Bancos. También fueron consultados al respecto las asociaciones que representan al sector financiero, a los comerciantes e instituciones relacionadas, quienes presentaron sus sugerencias durante un proceso de consulta pública hecho en septiembre del año pasado.

"Conforme lo establece la Ley 183-02 Monetaria y Financiera vigente, y al amparo del cual todos los sectores de la sociedad civil, el empresariado, usuarios de este servicio, y personas físicas en general, tuvieron la oportunidad de enviar sus observaciones por el plazo de 30 días que dispone dicha Ley".

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