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Algunos impuestos no se aplicarán en 2014

Presupuesto no modificará régimen tributario

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Algunos impuestos no se aplicarán en 2014
También esta el ajuste a precios transferencia de hoteles.

SANTO DOMINGO. El Proyecto de Presupuesto General del Estado consigna que hay figuras impositivas que no se prevé aplicar en el ejercicio fiscal 2014.

Entre estos no se aplicará de la Ley 309-12 de Amnistía Tributaria, que sería un 0.15% del PIB, el ISC Ad-valorem aplicado al carbón mineral utilizado por la industria de cemento, que de acuerdo a la propuesta es de 0.0012% del PIB.

Además, la amnistía abarca los Impuestos sobre la Renta (ISR), Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS); sobre Sucesiones, a la Propiedad Inmobiliaria (IPI); entre otros renglones.

Otro gravamen que no se aplicará es el ajuste a los precios de transferencia de los hoteles (ISR e ITBIS) 0.023% y el impuesto por la venta de una empresa detallista de combustible.

Otras señaladas son las operaciones inmobiliarias y las ganancias de capital y prima por colocación de instrumentos financieros del Tesoro 0.15 por ciento. Se especifica además que la estimación de ingresos fiscales considerada en el Presupuesto no contempla modificaciones en el régimen tributario ni en la administración y cobro de los impuestos, como tampoco en la aprobación de legislaciones que prevean nuevos incentivos tributarios.

Otra que no se contemplaba, pero que espera una promulgación del Ejecutivo para su derogación, es el impuesto a los activos financieros productivos netos de los bancos, que representa 0.19% del PIB.

La amnistía tributaria

La Ley de Amnistía Tributaria fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 8 de diciembre de 2012, la cual estableció además mecanismos para perseguir y castigar evasiones al fisco y otorgó facilidades para poner al día compromisos tributarios pendientes. Para quienes se acogieron a la amnistía para el ITBIS y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) la legislación concedió un plazo de 60 días, después de su entrada en vigencia, para formalizar su solicitud ante la administración local correspondiente a en la sede central de la DGII.

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