Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Combustibles
Combustibles

Empresas de Combustibles celebra inadmisibilidad a resolución de Industria y Comercio

Expandir imagen
Empresas de Combustibles celebra inadmisibilidad a resolución de Industria y Comercio
Mauricio Salazar (FUENTE EXTERNA)

SANTO DOMINGO. La Sociedad de Empresas de Combustibles y Derivados (SEC), conformada por las marcas Total, Sunix, Esso e Isla, saludó las decisiones del Tribunal Superior Administrativo (TSA) de declarar inadmisibles los recursos contenciosos administrativos interpuestos con el fin de que se ordenara la nulidad de la Resolución 22-13 del Ministerio de Industria y Comercio, de fecha 11 de febrero de 2013, que regulará la distribución, transporte y venta de combustible en todo el territorio nacional.

Esa resolución establece un régimen de sanción para aquellas empresas distribuidoras, autorizadas por el Ministerio de Industria y Comercio, que despachen combustibles en violación de los contratos de exclusividad pactados con otras distribuidoras, en franca violación de la Ley 20-00 de Propiedad Industrial, y en perjuicio de los consumidores, según una nota de prensa enviada.

La directiva de la SEC, al igual que la Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y Usuarios (ASODECU), entiende que anular la única norma jurídica que garantiza el respeto a las marcas de combustibles a lo largo de la cadena de distribución representaría un grave perjuicio para nuestros miembros y sobre todo para los consumidores en la República Dominicana.

La posición de la entidad ha sido que tanto los consumidores como las empresas distribuidoras y detallistas del mercado de los combustibles que actúan conforme a la normativa deben contar con la protección legal adecuada ante la eventual situación en la que, bajo las marcas que representan, se distribuyan combustibles de dudosa calidad y proveniencia, en atropello de su reputación de calidad y respeto al consumidor.

Previamente, el Tribunal Constitucional, por medio de la sentencia 10-15, de fecha 20 de febrero de 2015, había declarado la Resolución 22-13 conforme a la Constitución, consolidándose así un marco regulatorio claro y transparente que evita prácticas desleales en el comercio de los combustibles y derivados del petróleo en la República Dominicana.

De acuerdo con el Instructivo de Aplicación de la Resolución 22-13, dicha resolución entrará en vigencia 90 días después de la fecha de publicación del mencionado instructivo, tornándose aplicable a partir del próximo 26 de mayo del año en curso.

TEMAS -