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¿Qué hacer para beneficiarse de la ley sobre Gastos Educativos?

Se consideran gastos educativos las inscripciones y cuotas periódicas

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¿Qué hacer para beneficiarse de la ley sobre Gastos Educativos?
En el 2015 los que reportaron gastos educativos (total de declarantes) ascendió a 21,014. (DIARIO LIBRE/ NEHEMÍAS ALVINO)

SANTO DOMINGO. El inicio del año escolar es para muchas familias dominicanas un dolor de cabeza por los recursos de que hay que disponer para matricular a sus hijos en un centro educativo, sea de básica, media, técnica o universitaria. Pero para aplacar esta situación existe desde el 2009 en el país la Ley número 179-09 sobre la deducción de gastos educativos del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (ISR), cuyo objetivo es el siguiente:

Artículo 1): “Permitir a las Personas Físicas, excepto negocios de único dueño, declarantes del Impuesto Sobre la Renta que puedan deducir de sus ingresos brutos, los gastos realizados en la educación de sus dependientes directos no asalariados”.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) explica que para un ciudadano acogerse a la Ley 179-09 debe solicitar el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) entrando a su portal, seguir los pasos indicados en la pestaña Oficina Virtual e indicar si es persona física para completar el formulario correspondiente.

La DGII informa que el tiempo aproximado para el registro por esta vía es de 24 a 48 horas laborables. En caso de preferirlo, la institución les da la opción de hacer la solicitud o la inscripción de manera física, depositando los documentos en la oficina de la DGII más cercana.

Si se opta por hacerlo de manera física, deben llevarse los siguientes documentos:

1) Formulario de declaración jurada de registro y actualización de datos de personas físicas (RC-01), debidamente llenado y firmado.

2) Copia del documento de identidad.

3) Carta de trabajo (aplica solo para los asalariados).

La DGII aclara que en caso de ser una persona asalariada, hay que tomar en cuenta que al momento de llenar el formulario de solicitud de inscripción (indistintamente de la vía utilizada), la información que debe colocar es la suya, no la de su empleador y la actividad económica a seleccionar es la de empleados y obreros.

Cobertura de la ley

Se consideran gastos educativos las inscripciones y cuotas periódicas de la educación básica (incluyendo preescolar), media, técnica y universitaria (grado y postgrado) de los dependientes directos no asalariados (hijos) o propios de los asalariados y la educación del asalariado mismo.

El total de gastos educativos reportados para el año 2012 ascendió a RD$1,923.3 millones. El informe del Departamento de Estudios Económicos de la DGII revela un aumento de RD$231.2 millones respecto al año 2011, representando un crecimiento de un 13.7%. De estos, se aprobaron RD$1,760.6 millones correspondientes a aquellos asalariados y profesionales liberales que cumplieron con los requisitos de la ley para el año 2012.

Profesionales consultados por Diario Libre se mostraron de acuerdo con la ley, señalando que es buena e importante porque viene a devolverle aunque sea una mínima parte de lo que se paga de impuestos.

“Ahora tienen unos parámetro diferentes. En principio ellos vieron que la partida que estaban devolviendo era mucha y entonces cambiaron la ley. Comparado con lo que entraban antes, ahora es mucho menos lo que te devuelven, pero sigue siendo importante”, expresó Amcelmo Javier, gerente de contabilidad.

De su lado, Genilda Ortiz, contable, dijo que tiene dos años acogiéndose a la Ley 179-09 y que continuará aplicando para optar por los beneficios.

“Por ejemplo, yo reporté RD$18,000 este año y me reembolsaron RD$6,700, o sea, que vale la pena porque eso que me devolvieron me sirvió para pagar la mitad del cuatrimestre próximo. Pero sí, entiendo que es muy buena la ley”, explicó.

Varias personas consultadas rechazaron la modalidad que se aplica ahora e indicaron que después de un esfuerzo por cumplir con la ley, no vale la pena que una persona que haya gastado RD$600,000 reciba lo mismo que una que erogó RD$300,000.

“Yo recuerdo que en el segundo año de la legislación entregaban o devolvían un porcentaje mayor a lo que yo había pagado de colegiatura. Pero desde hace un tiempo ellos lo que hicieron fue que le pusieron un tope, o sea, lo dejaron en un mínimo en que no importa lo que tú pagues, ellos te van a reembolsar RD$24,999. Antes era un porcentaje de lo que tú pagabas de colegiatura. Proporcionalmente a lo gastado te devuelven mínima cosa”, argumentó una de las profesionales consultadas.

A pesar de lo antes señalado, calificó la ley de importante, ya que “es algo con lo cual uno no contaba y que no estaba planificado dentro de los ingresos, pero sería bueno que ellos expliquen los criterios que están aplicando porque no es posible que una persona que pague, RD$300,000, RD$150,000 y una que pague RD$100,000 reciban lo mismo”.

Varios indicaron que, al principio de la aplicación de la ley, no pudieron cumplir los requisitos por la falta de conocimiento, pero que el segundo año se documentaron mejor e iniciaron el proceso completo.

Recuento

Desde la implementación de la ley los ciudadanos asalariados sujetos a la Retención de Impuesto Sobre la Renta (ISR) se han acogido al beneficio de la legislación, sumando desde 2010 a 2015, según el informe de la DGII, 94,893 personas.

Pero, ¿qué porcentaje del universo sujeto a la retención del ISR participa? Si tomamos el informe 2015 de la DGII, que indica que el total de esos contribuyentes eran 168,595 a diciembre de 2013, en ese año 17,268 asalariados optaron por los beneficios, lo cual indica que solo el 10.24% participa.

En el 2015 los que reportaron gastos educativos (total de declarantes) ascendió a 21,014, aumentando 6.6% respecto al año anterior.

A pesar de la baja participación que se ha tenido en los años de vigencia de la Ley 179-09, las autoridades de la DGII señalan que la tendencia desde el 2010 ha sido positiva, atribuyéndose a la credibilidad en el manejo del proceso y la confianza de los contribuyentes en la devolución efectiva de los saldos a favor autorizados por parte de la institución.

Del total de los que reportaron gastos educativos en 2015 solo 17,811 contribuyentes concluyeron el proceso de la Ley 179-09 satisfactoriamente, lo que representó un aumento de 9.4% con relación al año anterior. Según la DGII este total de beneficiados está compuesto por 16,593 declarantes asalariados y 1,218 profesionales liberales (quienes se acogieron a la Ley 179-09 y cumplieron con todos los requisitos establecidos por la Norma 06-09), los cuales, respectivamente, representan un 93.2% y un 6.8%.

Montos devueltos y compensados a los beneficiarios de la Ley 179-09 desde 2010 hasta 2015

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Infografía

En el 2010 la devolución fue de RD$102.3 millones y fueron beneficiados los asalariados con RD$90.4 millones y los profesionales liberales con 11.9. Mientras, en el 2011 lo antes señalado sufre un cambio importante, pasando a RD$190.6 millones. En este año los asalariados recibieron RD$171.9 millones y los profesionales liberales RD$18.7.

En el año 2012 la cifra fue mucho mayor, cuando los contribuyentes se beneficiaron con RD$230.8 millones, recibiendo los asalariados RD$212.1 y los profesionales liberales la misma cantidad del año anterior, RD$18.7. Para 2013 la DGII indicó que los montos devueltos y compensados a los beneficiarios de la Ley 179-09 fueron en total RD$186.9 millones, quedándose los asalariados con la mayor parte del pastel, con RD$177.5 millones y los profesionales liberales con 9.4.

En el 2014 la DGII reportó que devolvió RD$203.4 millones; el sector asalariado obtuvo RD$187.4 millones y los expertos liberales RD$16.1. El último reporte de la Dirección General de Impuestos Internos sobre los ciudadanos que se acogieron a la Ley número 179-09 sobre la deducción de gastos educativos del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (ISR), indica que entregó RD$228.3, de los cuales 210.7 fueron recibidos por los asalariados y 17.5 por los profesionales liberales.

Según el estudio realizado por el Departamento de Estudios Económicos de la DGII, el mayor porcentaje de los beneficios le corresponde a las personas asalariadas, con un 95% de los montos devueltos en el 2012, un 91.9% en el 2011 y un 90.2% en el 2010. En cuanto a la participación de los profesionales liberales estos disminuyeron en el 2012, al pasar de un 8.1% en el 2011 a un 5%.

Esto se explica por la aplicación de la Ley 253-12 la cual establece un monto máximo de RD$99,980.75 de deducción por gastos educativos. No obstante, solamente el 23% de los beneficiarios fue afectado por esta Ley y el mayor efecto se concentró sobre los de mayores ingresos.

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