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Indotel aclara alcance de la sentencia de Tribunal Administrativo

La entidad explica que el tribunal reconoció que Indotel trabaja en revisión a los contratos

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Indotel aclara alcance de la sentencia de Tribunal Administrativo
SANTO DOMINGO.- El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aclaró que la sentencia del Tribunal Superior Administrativo en ninguna de sus partes condena a esa entidad, sino que, por el contrario, reconoce la labor de revisión que hace la institución a los contratos de adhesión de las telefónicas con los usuarios.

El director ejecutivo del Indotel, Pedro José Gris, explicó que en el quinto dispositivo de la sentencia dada a conocer el pasado viernes, los magistrados reconocen el cumplimiento de parte del Indotel de las responsabilidades puestas a su cargo por la ley "gracias a que la institución pudo demostrar los jueces que había cumplido con su obligación de recibir los contratos, revisarlos y exigir modificaciones en favor de los usuarios".

Expresa en dispositivo de la Sentencia en cuestión: "Se acoge, parcialmente, en cuanto al fondo, dicha acción de amparo de cumplimiento, ya que se ha comprobado que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) recibió los contratos solicitados por la accionante, por lo que en consecuencia le ordena a Indotel continuar con la revisión de dichos contratos, y remitir copias de ellos al Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor, para que también realice la revisión correspondiente".

El funcionario de las telecomunicaciones dijo que la Fundación Prensa y Derecho distribuyó a los medios de comunicación una nota con informaciones distorsionadas respecto al alcance y sentido de la sentencia, adjudicando al alto tribunal supuestas comprobaciones de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión de las telefónicas que ni siquiera existen como tales en los contratos actuales.

Y agregó que el Tribunal nunca fue apoderado para conocer del contenido de las cláusulas de adhesión entre usuarios y telefónicas, por lo que el contenido de los mismos no fue objeto de la sentencia.