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Doce sentencias del Tribunal Constitucional mantienen y refuerzan el criterio sobre personas en tránsito en el país

La alta corte acogió peticiones de revisión hechas por la JCE

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Doce sentencias del Tribunal Constitucional mantienen y refuerzan el criterio sobre personas en tránsito en el país
Descendientes de haitianos presionaron por documentos.

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) emitió su sentencia número doce, en la que rechaza que los extranjeros en tránsito tengan derecho al otorgamiento de la nacionalidad dominicana.

Esos fallos involucran a 120 descendientes de haitianos indocumentados que buscan que la Junta Central Electoral (JCE) disponga la entrega de la cédula de identidad y electoral y acta de nacimiento.

La última sentencia es la TC/0122/14, que plantea que Fistal Yaque Plasi, si bien nació en el territorio nacional, es hija de ciudadanos extranjeros en tránsito, lo cual la priva del derecho al otorgamiento de la nacionalidad dominicana, de acuerdo con la norma prescrita por el artículo 11.1 de la Constitución de la República promulgada el 29 de noviembre de 1966, vigente a la fecha de su nacimiento. Desde que la alta corte emitió la sentencia 168/13, fijando criterios sobre la nacionalidad con el amparo incoado por Juliana Dequis (o Deguís) Pierre, ha mantenido una posición constante.

En la TC/0275/13, del 26 de diciembre de 2013, consigna que la procedencia de la solicitud hecha por Yanelis Sego Basil, a la JCE, la entrega de la cédula de identidad y electoral, dependerá de los resultados de la investigación en curso. "En lo que concierne a la nacionalidad de sus padres, y en caso de que ambos fueran de nacionalidad haitiana, se procedería a verificar su estatus migratorio, es decir, si se encontraban en la condición de extranjeros transeúntes".

La TC/0290/13, última sentencia correspondiente al 2013, responde una petición de Jenny Salita Emanier Previlma, relativo a la entrega del documento, al indicar que se trata de una cuestión que dependerá del resultado de la investigación sobre la nacionalidad de su madre, "es decir, que dependerá de si la madre es o no dominicana".

La pretensión de 26 descendientes de haitianos indocumentados, que buscaban ordenar que la JCE expidiera cédulas de identidad y electoral a su favor, fue anulada por la alta corte.

Mediante sentencia TC/0028/14, revocó un amparo a favor de Simón Rodríguez Dose, July Chauvette, Zenia Stelance Yan, Charle Luis Yene, Andrecita Luis Yene, Mónica Paul Sánchez, Ramona Pie Lima, Enita Yacinthe, Yuli Yendedillen Joseph, Yohany Betsaida, Josep Rosario, Musnal Xinel Franzua, Gloria Berique Delva, Emilia Pierre Balan, Wilfrido Polinice, Wilfrido Metellus Joseph, Luismena Messene Louis, Isidro Berique Delma, Franklin Jean San Luis, Reyes Antonio Polique Pérez, Shalin Charles Deni, Jonas Desvallons Joissant, Kensly Desvallons Joissant, Piter Desvallons Joissant, Elena Pierre, Osman Polinice y Ana Rosa Amador Cristevil.

El TC dijo que resulta necesario para la entrega de la cédula de identidad y electoral saber si sus padres (o alguno de ellos) eran dominicanos al momento de la inscripción en el registro hecho en la Oficialía Civil (situación que es la que se está investigando), o si se encontraban en el país como un (a) extranjero (a) transeúnte.

Sobre el caso Ysidro Pierre Pie, observó en la sentencia TC/0042/14 que cuenta con la copia certificada de su acta de nacimiento, por lo que el conflicto en cuanto a él se limita a la expedición de la cédula de identidad y electoral.

Sin embargo, dice que específicamente lo relativo a que su acta de nacimiento deberá ser sometida ante un tribunal competente para determinar su validez o nulidad.

Otros amparos revocados en fallos contenidos en sentencias por separado son el de Polino Yosefe Nicolá, Danilo Yan, Wendy Benoit Yan, Julio Pie Noel, Vilma Derisó José, Oberne Saint Jean y Carmelite Bazil.

Solicitantes

El TC revocó en su TC/0086/14 un amparo emitido por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo a favor de 82 descendientes de haitianos que exigían a la JCE la inscripción en el Registro Civil, a fin de obtener sus cédulas de identidad y electoral.

Las decisiones han contado con el voto disidente de las juezas Ana Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jiménez.

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