Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Justicia

TC suspende sentencia favorece empresa de Arturo del Tiempo

El TC analiza si tenía competencia para devolver 20 millones en caso torre Atiemar

Expandir imagen
TC suspende sentencia favorece empresa de Arturo del Tiempo
Jueza Awilda Reyes Beltré

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional suspendió la ejecución de la sentencia dictada por la suspendida jueza Awilda Reyes Beltré, que ordenó devolver RD$20 millones a la sociedad Prado Universal Corp., y su principal accionista Arturo del Tiempo Marqués, quien se encuentra actualmente cumpliendo condena en España por narcotráfico.

La suspensión de la ejecución de la sentencia se hace hasta tanto el pleno del TC decida si la jueza de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, era competente para conocer el recurso de amparo que había sometido Prado Universal contra el Banco Reservas y la Procuraduría General de la República.

Awilda Reyes estableció en su sentencia 118-2015 que a Banreservas le fue adjudicada la Torre Atiemar, secuestrada en marzo del 2011, y que tanto el banco como la Fiscalía se niegan entregar del excedente producto de la venta de la referida torre, ya que no fue un hecho controvertido la adjudicación de la propiedad, así como tampoco que el producto de la venta excedía la acreencia que tenía el banco.

El Constitucional explicó que en el caso, además de un interés económico, existe un interés de orden institucional y procesal, en ocasión de encontrarse controvertida la competencia de la jurisdicción penal que conoció de la acción de amparo, situación que procederá a dirimir cuando conozca del fondo del recurso.

“Procede suspender la ejecución de la Sentencia núm. 118-2015, del 20 de agosto del 2015, hasta tanto sea conocido el recurso de revisión constitucional incoado contra la referida decisión, pues resulta previsible que la ejecución de la misma pudiera causar un daño irreparable en la estructura del sistema jurisdiccional integral, que pudiera afectar la seguridad jurídica en la eventualidad de que, como resultado del análisis del fondo del recurso de revisión constitucional, se determinara la incompetencia de la Cuarta Sala”, consideró el tribunal.

Reyes Beltré había establecido un astreinte de un millón de pesos por cada día de retardo.

TEMAS -