Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Sentencias
Sentencias

Un tribunal anula acta de nacimiento de un haitiano que demandó a la República Dominicana ante la CIDH

El dispositivo de la sentencia dice que el documento fue expedido sobre informaciones falsas, por lo que no tiene valor jurídico

Expandir imagen
Un tribunal anula acta de nacimiento de un haitiano que demandó a la República Dominicana ante la CIDH
La demanda ante el tribunal dominicano fue interpuesta por el presidente de la JCE, Roberto Rosario, a través de sus abogados. (MAGLIO PEREZ)

SANTO DOMINGO.-La Segunda Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona dispuso la nulidad del acta de nacimiento de Willian Medina Ferreras porque el documento fue expedido sobre informaciones falsas.

“Willian Medina Ferreras” había demandado a la República Dominicana ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Organización de Estados Americanos, OEA, bajo el argumento de que era dominicano de nacimiento y origen, y que había sido deportado arbitrariamente hacia Haití. Por este caso, que incluyó a otros demandantes contra República Dominicana, se condenó en octubre del 2014 al país al pago de US$8,000 para cada uno de los involucrados por concepto de indemnización por daños materiales.

La sentencia de la Segunda Sala de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona ordena la “nulidad absoluta, del extracto de acta de nacimiento, registrada con el Libro No. 00147, Folio No. 0044, Acta No. 000044, del año 1994, a nombre de Willian, expedida por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del municipio de Cabral, por carecer de valor jurídico y por los motivos antes expuestos”, dice una comunicación de prensa de la Junta Central Electoral.

Dice que en el dispositivo de la sentencia, el Tribunal de Primera Instancia de Barahona ratifica “el defecto pronunciado por este Tribunal, en la audiencia del día 25 del mes de marzo del año 2015, a las 9:00 horas de la mañana, contra la parte demandada, Señor Willian Medina Ferreras, por no haber comparecido a la audiciencia, no obstante haber sido legalmente citada o emplazada.”

Como sustentación de la demanda, la Junta Central Electoral presentó al tribunal declaraciones de varias personas señaladas por Medina Ferreras como sus hermanos, en las cuales estos niegan tal parentesco, rechazando que ese señor sea hijo de sus padres.

La demanda ante el tribunal dominicano fue interpuesta por el presidente de la JCE, Roberto Rosario, a través de sus abogados, Alexis Dicló Garabito, Pedro Reyes Calderon y la Lucrecia E. Chávez Castillo, en contra del señor Willian Medina Ferreras.

La sentencia declara las costas civiles de oficio y comisiona al ministerial José Francisco Gómez Polanco, alguacil de estrado de la Segunda Sala Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, para la notificación de la presente sentencia, de fecha 15 de junio del año 2015, firmada por la secretaria del referido tribunal Rosario Lugo Santiago.

La JCE explica que para argumentar su demanda de nulidad, se tomó en cuenta que la señora Argentina Medina Ferreras de Medina, después de ver la fotografía de su supuesto hermano, declaró que conocía muy bien a ese señor y que su verdadero nombre era Winet, que en ocasiones visitaba desde Haití a los municipios de Oviedo y Pedernales, y que reside en Anse A Pitre, Haití, de donde es nativo.

Asegura que otros hermanos de Argentina Medina identificados como Carlos Manuel, Oscar y Mario Medina Ferreras negaron también que Winet, como ellos lo identifican, sea su hermano, reiterando que este es nativo de Haití y que en ocasiones cruza la frontera para visitar personas en Oviedo y Pedernales.

TEMAS -