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Pleno de la JCE declina al TSE instancias depositadas por juntas electorales

En Neyba no se incluyeron en el boletín las actas del Nivel C 1 de ocho colegios electorales

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Pleno de la JCE declina al TSE instancias depositadas por juntas electorales
Sede de la Junta Central Electoral (FUENTE EXTERNA)

SANTO DOMINGO. El pleno de la Junta Central Electoral acordó declinar al Tribunal Superior Electoral los expedientes de juntas electorales de varios municipios y las acciones incoadas por candidatos opositores sobre el proceso y los resultados electorales de los comicios del pasado 15 del corriente mes.

Durante una reunión en sesión administrativa extraordinaria en la mañana de hoy conoció los siguientes puntos de agenda.

Primero. El Informe del presidente, Roberto Rosario, en el cual se introdujeron varias sentencias dictadas por el Tribunal Superior Electoral (TSE), entre ellas el de las Juntas Electorales de Nagua, Cabrera y Tamboril, así como el de la Junta Electoral de Bánica, “que acogiendo las sentencias dictadas, concluyeron con el proceso de revisión del Nivel C y C1 Congresual, y de los votos nulos y observados del recién concluido proceso electoral.

Segundo. “Sobre los informes de las Direcciones de Elecciones e Informática, se conoció del acta remitida por la Junta Electoral de Neyba, en la que se hace constar que por razones de seguridad física y temor de los miembros, por sus familias y la paz en el municipio, estos no incluyeron en el Boletín las actas del Nivel C 1 de ocho Colegios Electorales”.

En una comunicación de prensa, la JCE agrega que en relación con los municipios de Azua y Oviedo, estos enviaron un acta que contiene acciones de escrutinio que por su naturaleza tienen características contenciosas, por lo que el Pleno acordó declinar al Tribunal Superior Electoral los expedientes de estos municipios, para que sea esa alta corte la que determine, en el ejercicio de su fuero, lo que corresponde.

Tercero. Se conoció de varias acciones incoadas por los candidatos presidenciales del pasado proceso electoral, y el Pleno afirmó que entiende que estos ya fueron conocidos y decididos por el Tribunal Superior Electoral el 14 de mayo del 2016 mediante Sentencia TSE-268-2016 y que por ser esas instancias ser reiterativas sobre un tema ya juzgado, decidió remitirlas al Tribunal Superior Electoral a los fines correspondientes.

Las instancias fueron incoadas por los candidatos de los Partidos Alianza por la Democracia (APD), Alianza País, Fuerza Nacional Progresista (FNP), Partido de la Unidad Nacional (PUN), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) y Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Fueron también remitidas al TSE la instancia del 19 de mayo del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y otra de fecha 22 de mayo del 2016, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) referida a la emisión de boletines provisionales.

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