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¿El ocaso de las asociaciones AyP? (3/3)

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¿El ocaso de las asociaciones AyP? (3/3)

Por lo explicado en las primeras dos partes de esta serie, espero haberte transmitido alguna idea sobre la "des-mutualización" de las asociaciones de ahorros y préstamos. (AA&P). Es fácil satanizarla, como si fuera una privatización. Lo que no podemos olvidar es que ya las AA&Ps son privadas. Lo que debemos es ver dónde quedará el patrimonio, una vez tenga nombre y apellido.

Algo importante que debes entender es la diferencia entre tu ahorro o depósito en la AA&P, y el patrimonio de esa entidad. Por el hecho de que, hipotéticamente, se cambie la naturaleza mutualista de las asociaciones, esto no afectará, en forma alguna, tu libreta de ahorro o tu plazo fijo ahí. Seguirás siendo depositante, pero si se "accionan", también serás accionista.

Quizás me quieras preguntar: ¿Qué es el patrimonio de una entidad financiera? Para iniciar, es el capital acumulado a través de los años, fruto de los aportes que hacen los accionistas al momento de la fundación o, luego, al ampliar el negocio.

En las AA&Ps no hubo un "capital" inicial. Más bien fue con el tiempo, con los resultados netos que generaron, que se acumuló un monto importante de patrimonio en todo ese sector. Para que tengas una idea, a diciembre de 2013, llegó a RD$25 mil millones. Nada mal.

Y todo ese dinero, ¿de quién es? 

La gran pregunta es: ¿De quién es ese capital o patrimonio? Visto que está ahí, en los balances generales de las asociaciones, acumulado como un todo, pero sin nombre ni apellido, ¿cuál es la mejor forma de asignarlo a los "dueños" de las AA&Ps?

Esa pregunta tiene una respuesta fácil: De los depositantes, ahorrantes o asociados. Repito: de los ahorrantes o asociados, con sus respectivas libretas de ahorro. Son ellos los que se convocan en la "asamblea de depositantes" (en su rol de propietarios, como les corresponde) cada cierto tiempo, año tras año.

Antes te expliqué, en las primeras entregas de esta serie, que es triste que muchos depositantes no saben que son los "dueños", y que son ellos, precisamente, los que deben asumir su rol en esas asambleas que ocurren en marzo y abril.

Al no asistir, los actuales miembros del consejo de directores asumen su representación, y ahí, lamentablemente, se ve limitada la "democracia" o el gobierno corporativo de cada entidad, pues resulta que los directores no rinden cuentas a la asamblea, sino, en efecto, a ellos mismos.

En cualquier caso, si los depositantes son los dueños, entonces el proceso de ponerle nombre y apellido al patrimonio es algo relativamente fácil, ¿verdad?

Se trataría, digamos, de hacer un "serrucho" o una asignación pro-rata o proporcional del capital existente a cada uno de esos asociados o depositantes.

Por ejemplo: Imaginemos que tu AA&P tiene depósitos de RD$800 y un patrimonio de RD$200. Tu tienes RD$80 depositados en la asociación, es decir, un 10%. De hacerse el serrucho al momento de "des-mutualizar", entonces resulta que tu serías el dueño de acciones por un valor de RD$20 o el 10% del patrimonio.

Recuerda que eso es patrimonio contable. El valor de mercado, de hecho, tiende a ser mayor al contable y, luego, del pro-rateo, podría comprarse y venderse en un mercado de acciones, igual que como se hace en la bolsa de valores de otros países, incluso de la región.

Lo anterior ha ocurrido en otros países, desde Colombia, Venezuela, Argentina, México, EE.UU. y España. En el Reino Unido también se produjo la "des-mutualización" de las más grandes de sus "building societies" pero, y debo aclarar esto, todavía siguen 45 de esas entidades.

El rey Salomón  y las AA&Ps

Hasta el momento, pensarás, todo luce demasiado bonito, y hasta, en cierta forma, fácil. ¿Realmente es así? ¿O nos falta algo?

Tienes razón en ser suspicaz. El proceso es más complejo, lo que no quiere decir que sea imposible o negativo, si se hace de una forma clara y transparente para todos.

¿Por qué complicado? Te daré algunos ejemplos, para que veas que ese reglamento será uno de los más delicados que eventualmente dictaría la Junta Monetaria del país.

Si fui depositante por toda la historia de la AA&P, pero retiré mi dinero al momento de la fecha que se determinó el "serrucho"... ¿Me quedaré sin acciones? Si tengo RD$100 en la libreta, pero RD$1,000,000 en un plazo fijo en la asociación, ¿Se ponderará mi ahorro total o sólo lo acumulado en la libreta? ¿Se medirá igual un asociado que sólo tiene una libreta de ahorro o, como en otros países, se le reconocerá un valor adicional a aquellos que tenían préstamos en la AA&P? ¿Y si no me interesara ser accionista, además de depositante? Y si quisiera vender mis nuevas acciones, ¿en qué tiempo podré venderlas? Si es costumbre no asistir a las asambleas de depositantes, donde se tomaría la decisión de una eventual "des-mutualización, ¿se haría valer el poder de representación que ahora tienen los directores?

Son preguntas complicadas, lo sé. No tengo respuestas a todas, pero todo tiene un justo medio. Y si el 100% del patrimonio se reparte entre los asociados, bien podría ser algo bueno para ellos, y para todo el sector.

arg@betametrix.com / @argentarium

La alternativa

Concluí la primera parte de esta serie con esta pregunta: "¿Existe otro camino o vía?" al proceso de conversión de mutual a compañía por acciones.

Sí. No es cierto, como algunos mal hacen en afirmar, que el modelo mutualista ha desaparecido en otras partes del mundo. No tiene porque ser así, pues el principio mutualista es fuerte y duradero, como bien han demostrado las AA&Ps a través de sus 50 años de historia en el país y hasta 240 años en países como Inglaterra.

Independientemente de que se haga difícil, o quizás hasta políticamente imposible, responder las preguntas que dejamos sobre el proceso de conversión a banco múltiple accionado, bien haría la Junta Monetaria en autorizar la ampliación de los productos y servicios que, hasta ahora, se les permite ofrecer a las AA&Ps.

No está bien la discriminación regulatoria que limita, innecesaria e injustamente, la posibilidad de que las AA&Ps puedan competir efectivamente con sus pares en la banca múltiple, sobre todo desde el 2002.

Desde hace tiempo las AA&Ps no tienen, como tuvieron por 30 años, la patente para básicamente monopolizar el producto de préstamos hipotecarios que les permitió dominar ese mercado por tantos años.

Sin embargo, y como el ratón en "quién se robó mi queso", las AA&Ps, incluso las más eficientes, modernas y bien capitalizadas, están excluidas de mercados como el de depósitos y préstamos en US$ y las cuentas corrientes, tan necesarias para participar en el hiper-competitivo mercado empresarial.

Es paradójica esta prohibición, pues la actual Ley Monetaria y Financiera, ya en el 2002, contempló la posibilidad de ampliar la gama de servicios AA&P.

Independientemente que se logre o no reglamentar la des-mutualización, el actual impedimento a una real competencia debe eliminarse. Ya.

La Junta Monetaria podrá ampliar las operaciones que realizan las Asociaciones de Ahorros y Préstamos..."

Ley Monetaria y Financiera 183-02

Artículo 75 

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